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Acuerdo por el que se establecen las modalidades en el servicio de autotransporte federal de carga, denominados transporte o arrastre de remolques y semirremolques en los cruces fronterizos, cuyo ámbito de operación exclusivamente comprende la franja de 2
SCT-NIS-0269
Evidencia de simplificación:
- Ficha Técnica
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Fecha de Emisión: Fecha de Última Actualización: Clasificación: Sustantiva Tipo: Manual Emisor: 312 Dirección General de Autotransporte Federal Fecha de Publicación en Normateca Interna: 25/11/2014
- Comentarios
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4 respuestas a “Acuerdo por el que se establecen las modalidades en el servicio de autotransporte federal de carga, denominados transporte o arrastre de remolques y semirremolques en los cruces fronterizos, cuyo ámbito de operación exclusivamente comprende la franja de 2”
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Historica
Derivado de la revisión a la norma con homoclave SCT-NIS-0269 de conformidad con el diagnóstico remitido por la Unidad Emisora, este grupo trabajo del OIC considera procedente su cancelación, toda vez que trata de una Norma Externa, por lo que se requiere continuar con el proceso para concluir con su formalización.
Se agradece que en los subsecuentes diagnósticos de Normas Internas se utilice el archivo LEPAENI-F01 Diagnóstico Rev. 1.1 disponible en la Normateca Interna de la SICT en el siguiente enlace: http://sct.gob.mx/normatecaNew/guia-para-la-emision-de-documentos-normativos-internos/, lo anterior toda vez que dicho formato es el validado para uso de las Unidades Administrativas.
De la revisión realizada por este grupo de trabajo del OIC se tiene el siguiente comentario:
La eliminación se emplea cuando la norma no aporta valor a la gestión de la institución, su vigencia ha finalizado o duplica alguna regulación contenida en otro instrumento. Por otro lado, la cancelación se lleva a cabo cuando se han identificado normas duplicadas (con el mismo nombre) o que están indebidamente registradas en el SANI, que no cuentan con homoclave (n/r) o cuando se trata de documentos no normativos”.
Por lo anterior, se propone la modificación al diagnóstico a fin de solicitar la cancelación de la presente norma.
ACUERDO por el que se establecen las modalidades en el servicio de autotransporte federal de carga, denominados transporte o arrastre de remolques y semirremolques en los cruces fronterizos, cuyo ámbito de operación exclusivamente comprende la franja de 20 kilómetros paralela a la línea divisoria internacional con los Estados Unidos de América.
La Dirección de Normatividad, Evaluación y Seguimiento, está de acuerdo con la eliminación de la norma en análisis por ser una norma externa, la misma útil para identificar a los automotores destinados para el arrastre de remolques y semirremolques, en los cruces fronterizos. así como en la franja de 20 kilómetros, paralela a la línea divisoria internacional con USA, mediante una placa metálica de identificación vehicular específica, evitándose así el internamiento temporal al territorio, acogiéndose a los beneficios de los acuerdos emitidos por la SHCP.
De la revisión al citado Acuerdo se advierte que su contenido está dirigido a aquellos automotores destinados para el arrastre de remolques y semirremolques en los cruces fronterizos, por lo cual se estima que su aplicación es de carácter externo. En ese sentido, se considera procedente su cancelación.