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Acuerdo que adiciona un último párrafo a la disposición de remolque número 8 que declara obligatorio el uso de remolcador para las maniobras de entrada, salida, enmienda de fondeo, atraque y desatraque que efectúen los buques de 2500 toneladas brutas de arqueo o más, dentro de los límites del puerto de Mazatlán, Sin.
SCT-NIS-0661
Evidencia de Simplificación 2022.
- Ficha Técnica
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Fecha de Emisión: Fecha de Última Actualización: Clasificación: Sustantiva Tipo: Manual Emisor: 511 Dirección General de Marina Mercante Fecha de Publicación en Normateca Interna: 05/11/2014
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