Circular 001/2001 relativa a las embarcaciones destinadas a la explotación comercial en los servicios de turismo náutico y transporte de pasajeros, sujetas al régimen de importación temporal


SCT-NIS-0371  

Proceso de Mejora Reglatoria Interna

 

Etapa5

Etapa 1. Diagnóstico

Etapa 2. Revisión

El periodo de revisión se extendió hasta el 21 de julio de 2017, el resultado de la revisión se encuentran al final de la página en el apartado de COMENTARIOS.

Etapa 3. Definición
Definición

Etapa 4. Autorización
Autorizacion

 

Etapa 5. Registro y Publicación

Se cancela el registro SCT-NIS-0371 por encontrarse duplicada con el registro SCT-NIS-0372.

Ficha Técnica
Fecha de Emisión: 19/01/2001 Fecha de Última Actualización: 25/08/2017 Clasificación: Externa Tipo: Manual Emisor: 511 Dirección General de Marina Mercante Fecha de Publicación en Normateca Interna: 04/09/2017
Comentarios

8 respuestas a “Circular 001/2001 relativa a las embarcaciones destinadas a la explotación comercial en los servicios de turismo náutico y transporte de pasajeros, sujetas al régimen de importación temporal”

  1. 700 Oficialía Mayor dice:

    Una vez revisado el documento así como el diagnóstico elaborado por la Dirección General de Marina Mercante, se valida la eliminación de la Circular, en virtud de la entrada en vigor del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos y de la Ley de Puertos.

  2. 112 Órgano Interno de Control dice:

    En relación con el diagnóstico, una vez revisados los registros disponibles en la Normateca Interna de la SCT, se ratifica que se encuentra duplicada con la SCT-NIS-0372, por lo cual se considera oportuno retirar de la Normateca Interna alguno de los dos registros.

  3. 110 Unidad de Asuntos Jurídicos dice:

    Se advierte que la Circular 001/2001 relativa a las embarcaciones destinadas a la explotación comercial en los servicios de turismo náutico y transporte de pasajeros, sujetas al régimen de importación temporal, con homoclave SCT-NIS-371, efectivamente esta repetida con la Circular similar con homoclave SCT-NIS-372. Al respecto, no se tiene inconveniente su eliminación, sin embargo, en el formato de diagnóstico no se marca o identifica el tipo de acción a seguir, es decir, su eliminación.

  4. 710 Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto dice:

    Del análisis de la circular 001/2001 con homoclave SCT-NIS-0371 en conjunto con el diagnóstico de la unidad responsable, se coincide en que se trata del mismo documento registrado con la homoclave SCT-NIS-0372.
    Por lo anterior, esta DGPOP considera viable cancelar el registro de la norma en revisión SCT-NIS-0371, sin perjuicio de que la norma que permanece (SCT-NIS-0372) está siendo sometida a simplificación.

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Estatus del documento:

Historica