Documentos
Manuales
Circular 154/2009 Dirección General Adjunta de Protección y Seguridad código internacional para la protección de los buques y de las instalaciones portuarias
Situación:
Simplificada
- Ficha Técnica
-
Fecha de Emisión: 06/10/2009 Fecha de Última Actualización: Eliminada 08/09/2015 Clasificación: Sustantiva Tipo: Manual Emisor: 512 Dirección General de Fomento y Administración Portuaria Fecha de Publicación en Normateca Interna: Junio 2015
- Comentarios
-
8 respuestas a “Circular 154/2009 Dirección General Adjunta de Protección y Seguridad código internacional para la protección de los buques y de las instalaciones portuarias”
Deja un comentario
Lo siento, debes estar conectado para publicar un comentario.
Estatus del documento:
Historica
Se estima conveniente la propuesta de eliminación de la circular 154/2009, por haberse emitido en base a un caso concreto y cuya materia se encuentra prevista en un instrumento de mayor jerarquía normativa, el Código Internacional para Protección de Buques e Instalaciones Portuarias (Código PBIP).
Este OIC valida las conclusiones propuestas en las cédulas de riesgos a las que se llegaron luego del proceso de revisión y opinión de la norma.
En la revisión de la norma, se considera adecuada su eliminación, toda vez que el Oficio mencionado aclara los pre-requisitos para realizar auditorías y está dirigido en lo particular a la Administración Portuaria Integral de Acapulco.
Se replantea el comentario anteriormente emitido, al respecto, no se puede emitir una opinión sobre la eliminación de dicha norma, para poder hacerlo es necesario contar con el documento.
Hasta donde nos ha sido posible conocer, la norma referida no se encuentra en los registros activos de la Dirección General de Marina Mercante y se desconoce su contenido más allá del informe de simplificación de normas internas remitido
Por tal motivo, y en virtud de que la evidencia documental presentada y la explicación ofrecida se consideran insuficientes, esta DGPOP solicita a la unidad emisora presente copia de la norma mencionada, a fin de abatir el riesgo normativo en el trámite de su eliminación.
A fin de estar en condiciones de emitir una opinión respecto de la eliminación de esta Circular, es necesario contar con dicho documento.
A pesar de que no se encontró la versión vigente de la circular, se considera que de acuerdo con el análisis y diagnóstico del formato presentado, la eliminación de esta norma abona de manera adecuada a la simplificación normativa, toda vez que promueve una mejora en la atención a quien lo requiera.
Es conveniente que la DIrección General de Fomento y Administración Portuaria, integre el “Formato para simplificación de Normas Internas” y la “Versión vigente de la Circular 154/2009”, con objeto de poder realizar los comentarios pertinentes a esta norma.