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Circular 55/2009 Dirección General Adjunta de Protección y Seguridad (Código Internacional para la Protección de los Buques y de las Instalaciones Portuarias
Situación:
Simplificada
SCT-NIS-0394
SCT-NIS-0394 | ||
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CR-511-0394 ANEXOS (CIRCULAR 55)
- Ficha Técnica
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Fecha de Emisión: 12/05/2009 Fecha de Última Actualización: N/A Clasificación: Sustantiva Tipo: Oficio Circular Emisor: 511 Dirección General de Marina Mercante Fecha de Publicación en Normateca Interna: 05/11/2014
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8 respuestas a “Circular 55/2009 Dirección General Adjunta de Protección y Seguridad (Código Internacional para la Protección de los Buques y de las Instalaciones Portuarias”
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Historica
Una vez revisados los anexos que proporcionó el emisor, se está en posibilidad de avalar la eliminación de la circular 55/2009, por lo que no hay inconveniente en continuar el trámite solicitado.
2° comentario.- Una vez que se ha revisado nuevamente la documentación presentada como evidencia de la eliminación, se considera viable darla de baja de inventario de normas internas, toda vez que el tema tratado se encuentra regulado en el Código Internacional para la Protección de los Buques y las Instalaciones Portuarias.
La Oficialía Mayor agradece la atención a los comentarios y una vez revisados, considera procedente la eliminación de la Circular.
Esta UAJ considera viable la cédula de riesgos, por lo cual no tiene inconveniente alguno en que se continúe con los trámites conducentes a la eliminación del citado documento.
De la revisión al formato para la simplificación de normas internas, se estima que es procedente la eliminación de la Circular 55/2009, en virtud de que el Código Internacional para la Protección de los Buques y de las Instalaciones Portuarias, así como la Ley de Navegación y Comercio Marítimos prevén las cuestiones previstas en dicha Circular.
Se ha revisado la circular de referencia en la que se destacan como anexos los lineamientos y los formatos que se deberán aplicar en el proceso de re-evaluación de la protección de los buques, de las instalaciones portuarias y los correspondientes reportes a elaborar.
No obstante, no fue posible localizar los lineamientos, por lo que se solicita a la Dirección General de Marina Mercante se sirva complementar la información faltante a efecto de realizar el análisis correspondiente.
La Oficialía Mayor solicita conocer los anexos mencionados en la Circular 55/2009, a efecto de poder emitir una opinión respecto al diagnóstico realizado por la Dirección General de Marina Mercante.
La Circular menciona que de forma anexa a la misma se incluyen los lineamientos y formatos que deberán aplicar en el proceso de Re-evaluación, así como los correspondientes reportes que deberán elaborar los Oficiales de la Compañía de Protección Marítima y los Oficiales de Protección de la Instalación Portuaria.
Considerando lo anterior, se sugiere incluir la documentación mencionada, así como especificar el apartado donde se encuentra contenida la materia regulada.