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Acuerdo que modifica los criterios bajo los cuales se podrán expedir o canjear placas metálicas de identificación a vehículos de autotransporte que hubieran sufrido modificaciones en el chasís e incorporado partes nacionales o de procedencia extranjera
Situación:
Simplificada
SCT-NIS-0273
Evidencia de simplificación:
- Ficha Técnica
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Fecha de Emisión: 2008-07-08 Fecha de Última Actualización: Clasificación: Sustantiva Tipo: Manual Emisor: 312 Dirección General de Autotransporte Federal Fecha de Publicación en Normateca Interna: 25/11/2014
- Comentarios
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4 respuestas a “Acuerdo que modifica los criterios bajo los cuales se podrán expedir o canjear placas metálicas de identificación a vehículos de autotransporte que hubieran sufrido modificaciones en el chasís e incorporado partes nacionales o de procedencia extranjera”
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Estatus del documento:
Historica
Derivado de la revisión a la norma con homoclave SCT-NIS-0273 de conformidad con el diagnóstico remitido por la Unidad Emisora, este grupo trabajo del OIC considera procedente su cancelación, toda vez que trata de una Norma Externa, por lo que se requiere continuar con el proceso para concluir con su formalización.
Se agradece que en los subsecuentes diagnósticos de Normas Internas se utilice el archivo LEPAENI-F01 Diagnóstico Rev. 1.1 disponible en la Normateca Interna de la SICT en el siguiente enlace: http://sct.gob.mx/normatecaNew/guia-para-la-emision-de-documentos-normativos-internos/, lo anterior toda vez que dicho formato es el validado para uso de las Unidades Administrativas.
De la revisión realizada por este grupo de trabajo del OIC se tiene el siguiente comentario:
La eliminación se emplea cuando la norma no aporta valor a la gestión de la institución, su vigencia ha finalizado o duplica alguna regulación contenida en otro instrumento. Por otro lado, la cancelación se lleva a cabo cuando se han identificado normas duplicadas (con el mismo nombre) o que están indebidamente registradas en el SANI, que no cuentan con homoclave (n/r) o cuando se trata de documentos no normativos”.
Por lo anterior, se propone la modificación al diagnóstico a fin de solicitar la cancelación de la presente norma.
Acuerdo que modifica los criterios bajo los cuales se podrán expedir o canjear placas metálicas de identificación a vehículos de autotransporte que hubieran sufrido modificaciones en el chasís e incorporado partes nacionales o de procedencia extranjera
La Dirección de Normatividad, Evaluación y Seguimiento, está de acuerdo con la eliminación de esta norma por ser una norma externa, ya que establece los criterios a observarse para expedir o canjear placas metálicas de identificación a vehículos de autotransporte federal que sufran modificaciones en el chasis, así como la incorporación de partes nuevas o usadas.
De la revisión al citado Acuerdo es de aplicación externa en virtud de que a través del citado Acuerdo se establecen los criterios que deberán observarse para expedir o canjear placas metálicas de identificación de vehículos de autotransporte federal, razón por la cual se considera viable cancelación.