Circular 04/99 Dirección General de Marina Mercante


Situación:

Simplificada

SCT-NIS-0383

SCT-NIS-0383
formato norma cedula
fsr-ptrni2016-511-0383 sct_nis_0383 cr-511-0383

CR-511-0383 ANEXO (PERMISO TEMPORAL PARA NAVEGACION)

 

Dictámen técnico
dt-sct-nis-0383

Ficha Técnica
Fecha de Emisión: 16/06/1999 Fecha de Última Actualización: N/A Clasificación: Sustantiva Tipo: Oficio Circular Emisor: 511 Dirección General de Marina Mercante Fecha de Publicación en Normateca Interna: 05/11/2014
Comentarios

7 respuestas a “Circular 04/99 Dirección General de Marina Mercante”

  1. 112 Órgano Interno de Control dice:

    Se considera viable la eliminación como se mencionó en el primer comentario.

  2. 700 Oficialía Mayor dice:

    La Oficialía Mayor agradece la atención al comentario emitido y una vez revisado, se considera procedente la eliminación de la Circular.

  3. 110 Unidad de Asuntos Jurídicos dice:

    Esta UAJ considera viable la cédula, no tiene inconveniente alguno de que se continúe con los trámites conducentes a la eliminación de la citada Circular.

  4. 110 Unidad de Asuntos Jurídicos dice:

    De la revisión al formato para la simplificación de normas internas, se estima que es procedente la eliminación de la Circular 04/99, toda vez actualmente los permisos temporales para la navegación en la condición quinta establece la obligación para el usuario de exhibir el original del mismo.

  5. 710 Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto dice:

    Del análisis y diagnóstico de la unidad emisora, se desprende que la circular 04/99 regulaba un proceso que ha sido simplificado, publicando el registro en Internet de los permisos temporales para la navegación de cabotaje, por lo que la circular en comento resulta innecesaria. Al respecto, esta DGPOP no tiene inconveniente en que se elimine del inventario de normas internas.
    Se sugiere considerar la modificación al procedimiento “Expedición de permisos de navegación de cabotaje y autorización de permanencia en aguas nacionales para embarcaciones de bandera extranjera” del Manual de Procedimientos de la Dirección General de Marina Mercante para reforzar la mejora del proceso.

  6. 700 Oficialía Mayor dice:

    La Oficialía Mayor solicita conocer las CONDICIONES mencionadas como anexo de la Circular 04/99, así como en el diagnóstico realizado por la Dirección General de Marina Mercante.

    Es importante mencionar que la liga de intranet proporcionada dirige a una base de datos que contiene únicamente un relación de los permisos temporales para la navegación de cabotaje a embarcaciones extranjeras otorgados de enero 2015 hasta marzo 2016 y no copia de éstos como se menciona en el diagnóstico, agradeceremos conocer si dicha información es suficiente para las Capitanías de Puerto.

  7. 112 Órgano Interno de Control dice:

    Derivado de la revisión de este Órgano Interno de Control del análisis y diagnóstico del formato para la simplificación de las normas internas, se considera viable la eliminación de la circular para abonar de manera adecuada a la simplificación normativa.

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