Circular de la Dirección General Adjunta de Marina Mercante (Código Internacional para la Protección de los Buques y de las Instalaciones Portuarias)


Situación:

Simplificada

SCT-NIS-0406

SCT-NIS-0406
formato norma cedula
fsr-ptrni2016-511-0406 sct_nis_0406 cr-511-pendiente

 

Dictámen técnico
dt-sct-nis-0406

Ficha Técnica
Fecha de Emisión: Fecha de Última Actualización: Clasificación: Sustantiva Tipo: Oficio Circular Emisor: 511 Dirección General de Marina Mercante Fecha de Publicación en Normateca Interna: 29-Noviembre-2014
Comentarios

7 respuestas a “Circular de la Dirección General Adjunta de Marina Mercante (Código Internacional para la Protección de los Buques y de las Instalaciones Portuarias)”

  1. 112 Órgano Interno de Control dice:

    Se considera viable la eliminación como se mencionó en el primer comentario.

  2. 700 Oficialía Mayor dice:

    La Oficialía Mayor manifiesta su conformidad respecto a la conclusión señalada en la cédula de riesgo.

  3. 110 Unidad de Asuntos Jurídicos dice:

    Esta UAJ considera viable la cédula de riesgos, por lo cual no tiene inconveniente en que se continúe con los trámites conducentes a la eliminación del documento.

  4. 110 Unidad de Asuntos Jurídicos dice:

    De la revisión al formato para la simplificación de normas internas, se estima que es procedente la eliminación de la Circular en cita, en virtud de que las cuestiones previstas en dicha circular ya se encuentran reguladas en el Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar /1974 en su forma enmendada 2009, en el Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar, 1978 y en el Código Internacional para la Protección de los Buques y de las Instalaciones Portuarias.

  5. 700 Oficialía Mayor dice:

    La Oficialía Mayor no tiene inconveniente en que sea retirado el documento de la Normateca Interna, conforme al análisis/diagnóstico realizado por la Dirección General de Marina Mercante.

  6. 710 Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto dice:

    Se considera que los convenios internacionales mencionados en el formato de simplificación establecen de forma satisfactoria las condiciones a las que debe sujetarse la capacitación a los distintos oficiales de protección, por lo que el alcance de la circular en comento ha quedado superada por las disposiciones superiores, lo que permitirá su eliminación sin riesgo normativo.

  7. 112 Órgano Interno de Control dice:

    Derivado de la revisión de este OIC al análisis y diagnóstico del formato para la simplificación de las normas internas, se considera que la eliminación de esta norma abona de manera adecuada a la simplificación normativa.

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Estatus del documento:

Historica