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Lineamientos para La Eliminación, Permanencia, Actualización o Emisión de Normas Internas (LEPAENI)
SIN HOMOCLAVE
ANEXOS:
Históricos
Proceso de Mejora Regulatoria Interna
Etapa 1. Diagnóstico
Etapa 2. Revisión
El periodo de revisión fue del 3 al 16 de marzo de 2017, el resultado de la revisión se encuentran al final de la página en el apartado de COMENTARIOS.
Etapa 3. Definición
ANEXO 1 Atención de Comentarios OIC
ANEXO 2 Atención de Comentarios OIC
Etapa 4: Autorización
Etapa 5. Registro y Difusión
En proceso
- Ficha Técnica
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Fecha de Emisión: Fecha de Última Actualización: Clasificación: Administrativa Tipo: Lineamiento Emisor: 710 Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto Fecha de Publicación en Normateca Interna: 01-Agosto-2017
- Comentarios
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8 respuestas a “Lineamientos para La Eliminación, Permanencia, Actualización o Emisión de Normas Internas (LEPAENI)”
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Estatus del documento:
Vigente
En relación a los “Lineamientos para La Eliminación, Permanencia, Actualización o Emisión de Normas Internas (LEPAENI)” se remite en documento con control de cambios, las sugerencias de esta Dirección de Normatividad, Evaluación y Seguimiento, adscrita a la Unidad de Transparencia.
Se sugiere que en el apartado “Presentación” se puntualice la fracción que faculta al Oficial Mayor para emitir el presente documento.
Hago referencia al correo electrónico del pasado 4 de mayo, mediante el cual se solicita, en su caso, los comentarios a través de la Normateca Interna a más tardar el 10 de mayo de 2017 respecto al anteproyecto de Lineamientos para la Eliminación, Permanencia, Actualización o Emisión de Normas Internas.
Sobre el particular, se informa que los comentarios serán remitidos vía electrónica en archivo adjunto .
1. SIN PERJUICIO DE LA OPINIÓN QUE EN EL ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES EMITAN LAS DEMAS UNIDADES DE APOYO, ESTA ÁREA JURÍDICA NO TIENE INCONVENIENTE JURÍDICO ALGUNO EN QUE SE CONTINÚE CON LOS TRÁMITES RESPECTIVOS PARA LA ACTUALIZACIÓN DE LOS LINEAMIENTOS EN CITA.
Respecto al apartado 5.1 denominado “Diagnóstico”, se sugiere especificar que el diagnóstico que emita la Unidad Administrativa Emisora (UAE), o en su caso, la Unidad Administrativa Promovente (UAP), deberá ser exhaustivo, proporcionando, por lo menos, los elementos mínimos necesarios que permitan al Grupo de Trabajo pronunciarse respecto al mismo.
De igual manera, se informa que hemos revisado las actividades que realizará la Oficialía Mayor, como integrante del Grupo de Trabajo, así como el proceso de Mejora Regulatoria para Normas Externas, sin tener comentarios adicionales.
En atención al correo electrónico de fecha 4 de abril del presente año, mediante el cual se solicitan los comentarios a la Cédula de Riesgos.
Sobre el particular, se informa que los comentarios fueron remitidos vía correo electrónico en archivo adjunto .
De acuerdo con la “Guía para determinar el porcentaje de normas internas simplificadas 2015”, emitida por la Secretaría de la Función Pública, una vez que se ha revisado el documento en cuestión, se considera que cuenta con por los menos 6 de los criterios de calidad regulatoria.
Ahora bien, en el cuerpo del documento, específicamente el apartado “Del proceso de mejora regulatoria para normas externas”, se debe ser más presico al mencionar que una vez que se identifique una norma en el inventario como externa, se deberá asentar en la cédula de riesgos la cancelación de su registro en el inventario de normas internas.
De la revisión a los citados Lineamientos esta Unidad de Asuntos Jurídicos estima que los mismos son viables en cuanto a su estructura y contenido, no obstante, nos permitimos formular algunos comentarios:
-En el apartado de Fundamentación Legal se hace referencia a la fecha de publicación en el DOF del Acuerdo por el que se instruye a las dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, así como a la Procuraduría General de la República…, sin embargo, no se indica el término “y sus reformas” (21 de agosto de 2012).
-En el mismo apartado de fundamentación, relativo a Documentos de Apoyo, se señala como fecha de emisión de la “Guía para determinar el porcentaje de Normas Internas Simplificadas de la Secretaría de la Función Pública”, junio de 2015. Sin embargo, en la Normateca de la SFP se señala como fecha de emisión 19 abril de 2015. En ese sentido, se sugiere corroborar la fecha correcta.