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411 Manual de Procedimientos de la Dirección General de Política de Telecomunicaciones
SCT-NIS-0467
Proceso de Mejora Regulatoria Interna
Etapa 1. Diagnóstico
Etapa 2. Revisión
El periodo de revisión será del 27 de junio al 10 de julio de 2017, las opiniones se registrarán al final de la página en el apartado de COMENTARIOS.
- Ficha Técnica
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Fecha de Emisión: 2000 Fecha de Última Actualización: N/A Clasificación: Sustantiva Tipo: Manual Emisor: 411 Dirección General de Política de Telecomunicaciones y de Radiodifusión Fecha de Publicación en Normateca Interna: 01/08/2003
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11 respuestas a “411 Manual de Procedimientos de la Dirección General de Política de Telecomunicaciones”
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Vigente
De la revisión de los comentarios de la Unidad Administrativa Emisora con respecto a las acciones correctivas solicitadas por el Grupo de Trabajo, se considera pertinente esperar la actualización del reglamento Interior de la SCT para reprogramar la revisión de esta norma, porque el aprobar su permanencia sin cambio sería estar validando el contenido de la misma.
Se sugiere reprogramar la revisión del citado Manual a una etapa posterior, hasta en tanto no se emita la actualización del Reglamento Interior de la SCT.
De conformidad con lo solicitado y acorde con la opinión de la UAJ, se estará pendiente de la actualización del Reglamento Interior de la SCT, a fin de que en su momento, se solicite la actualización de la norma que nos ocupa.
Considerando la revisión al manual de procedimientos de la Dirección General de Política de Telecomunicaciones emitido en el año 2000 y la justificación de la unidad responsable de solicitar la permanencia sin cambio del manual, es opinión de esta DGPOP considerar la actualización de la norma, retirando los procedimientos no aplicables en razón de la transferencia de atribuciones al Instituto Federal de Telecomunicaciones, y modificando los procedimientos que aún son responsabilidad de la DGPTR. Esta modificación necesariamente requerirá primero la modificación del Manual de Organización de la Dirección General de Política de Telecomunicaciones y Radiodifusión, a fin de validar los procesos que conserva la DGPTR y que servirán de soporte a los procedimientos que serán actualizados, por lo que se solicita a la unidad responsable considerar la actualización en ese orden.
Se solicita sea permitida la emisión del nuevo Reglamento Interior de la SCT (NRISCT), y se reprogramen los trabajos para la actualización de la norma que nos ocupa; es importante comentar que como se refirió en su momento, los procedimientos que compendia el manual en cuestión, ya no son susceptibles de aplicación actual debido a la transferencia de atribuciones al IFT. Razón por la cual, el ejercicio de actualización está sujeto a la aprobación y entrada en vigor del NRISCT.
En relación con el diagnóstico, este OIC considera necesario que la Unidad Responsables impulse y gestione las acciones necesarias para actualizar o modificar el Reglamento Interior de la SCT, en atención a las atribuciones otorgadas por el DECRETO por el que se expiden la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano; y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia de telecomunicaciones y radiodifusión, publicado en el DOF el 14 de julio de 2014; ello para estar en posibilidades de solicitar la actualización del manual en comento.
Se sugiere reprogramar la revisión a una etapa posterior esperando la actualización del Reglamento Interior de la SCT.
De conformidad con lo solicitado y acorde con la opinión de la OIC, se estará pendiente de la actualización del Reglamento Interior de la SCT, a fin de que en su momento, se solicite la actualización de la norma que nos ocupa.
La unidad emisora ha enviado el diagnóstico, mismo que se ha publicado para su consulta y opinión por parte de las unidades administrativas de apoyo.
Este UAJ no se encuentra en posibilidades de emitir comentario, toda vez que no se encuentra el formato Diagnóstico para la simplificación de la norma interna.
No es posible emitir comentarios sobre la norma interna debido a la ausencia del formato de diagnóstico.
Este OIC no se encuentra en posibilidades de emitir comentario, toda vez que no se encuentra el formato Diagnóstico para la simplificación de la norma interna.