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Oficios Circulares 5.1.-10, 5.1.-016 y 5.1.-00026
Proceso de Mejora Regulatoria Interna 2023:
Etapa 1: Diagnóstico:
Etapa 2: Revisión:
En proceso.
Evidencia Oficio 5.1.-010: Dictamen Técnico y Cédula de Riesgos
- Ficha Técnica
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Fecha de Emisión: Fecha de Última Actualización: Clasificación: Administrativa Tipo: Oficio Circular Emisor: 710 Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto Fecha de Publicación en Normateca Interna: 03/11/2014
- Comentarios
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31 respuestas a “Oficios Circulares 5.1.-10, 5.1.-016 y 5.1.-00026”
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Vigente
Derivado de la revisión a la presente norma, conforme al diagnóstico y justificación proporcionados por la Unidad Emisora, este grupo de trabajo del OIC considera procedente su eliminación por falta de motivación, aunado a la pérdida de vigencia y el tema se encuentra normado por Leyes Específicas, por lo anterior, se requiere continuar con el proceso para concluir con su formalización.
Por parte de esta Dirección de Normatividad, Evaluación y Seguimiento de la Unidad de Transparencia, no se tiene inconveniente en que se dé continuidad al proceso de eliminación
Se reiteran comentarios: OFICIOS CIRCULARES 5.1.-10, 5.1.-016 Y 5.1.-00026
Una vez revisado el oficio circular 5.1.-010, se considera procedente su eliminación, en virtud de que el mismo corresponde al ejercicio fiscal 2011.
Una vez revisado el oficio circular 5.1.-016, se considera procedente su eliminación, en virtud de que el mismo corresponde al ejercicio fiscal 2013.
Una vez revisado el oficio circular 5.1.-00026, se considera procedente su eliminación, en virtud de que el mismo corresponde al ejercicio fiscal 2013 y en virtud de que actualmente existen disposiciones que regulan el apoyo de pasajes para el personal que realizan funciones de mensajería.
Derivado de la revisión a la presente norma, así como al diagnóstico remitido por la Unidad Emisora por parte del grupo de trabajo del OIC, se sugiere detallar las normas por las leyes específicas por las cuales se encuentra normado el oficio 5.1.-016, a fin de considerar procedente la eliminación de la presente norma, para continuar con el proceso para concluir con su formalización.
Se refiere a las siguientes:
– ACUERDO por el que se modifica el diverso por el que se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Recursos Financieros, publicado el 15 de julio de 2010.
– Oficio Circular No. 307-A-0692 de fecha 8 de junio de 2006 relativo a los Lineamientos específicos de control presupuestario para la administración de gastos de carácter institucional. Emitido por la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Subsecretaria de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Asimismo, cada inicio de ejercicio fiscal esta DGPOP envía a las Unidades Administrativas un oficio con las consideraciones de operación de los Fondos Rotatorios, donde se mencionan las consideraciones que se tendrán para la operación del fondo rotatorio en el ejercicio fiscal.
Oficios Circulares 5.1.-10 y 5.1.-00026, 5.1.-016
La Dirección de Normatividad, Evaluación y Seguimiento, está de acuerdo con la eliminación de esta norma por falta de motivación, en lo que respecta a los oficios:
5.1.-10 Toda vez que los temas que atiende correspondían exclusivamente al ejercicio fiscal 2011.
En tanto que el oficio 5.1.-00026 se emitió para el ejercicio fiscal 2013 y el tema abordado hoy en día no requiere regulación normativa.
En cuanto al oficio 5.1.-016 respecto del cual el área responsable considera que resulta innecesario ya que el tema relacionado se encuentra normado por leyes específicas, se solicita se especifique a que leyes se refiere.
Se refiere a las siguientes:
– ACUERDO por el que se modifica el diverso por el que se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Recursos Financieros, publicado el 15 de julio de 2010.
– Oficio Circular No. 307-A-0692 de fecha 8 de junio de 2006 relativo a los Lineamientos específicos de control presupuestario para la administración de gastos de carácter institucional. Emitido por la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Subsecretaria de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Asimismo, cada inicio de ejercicio fiscal esta DGPOP envía a las Unidades Administrativas un oficio con las consideraciones de operación de los Fondos Rotatorios, donde se mencionan las consideraciones que se tendrán para la operación del fondo rotatorio en el ejercicio fiscal.
OFICIOS CIRCULARES 5.1.-10, 5.1.-016 Y 5.1.-00026
Una vez revisado el oficio circular 5.1.-010, se considera procedente su eliminación, en virtud de que el mismo corresponde al ejercicio fiscal 2011.
Una vez revisado el oficio circular 5.1.-016, se considera procedente su eliminación, en virtud de que el mismo corresponde al ejercicio fiscal 2013.
Una vez revisado el oficio circular 5.1.-00026, se considera procedente su eliminación, en virtud de que el mismo corresponde al ejercicio fiscal 2013 y en virtud de que actualmente existen disposiciones que regulan el apoyo de pasajes para el personal que realizan funciones de mensajería.
Derivado de la revisión realizada a los oficios circulares 5.1.-10, 5.1.-016 y 5.1.-00026, y de conformidad con lo manifestado por la unidad administrativa en su diagnóstico, se consideran procedentes los dictámenes propuestos y no se tiene inconveniente alguno en que se continúe con el proceso de Mejora Regulatoria Interna para cada caso.
Se reitera el comentario emitido el pasado 25 de octubre de 2019.
Derivado de la revisión realizada por este OIC se tienen los siguientes comentarios:
Oficio 5.1.-010.- De acuerdo con la cédula firmada.
Oficio 5.1.-016.- El proyecto del documento reune los apartados mínimos a considerarse como estructura, de conformidad con lo que establece la “Guía para emitir documentos normativos” emitidos por la Secretaría de la Función Pública (SFP), sin embargo no se identificó en el documento una fecha de entrada en vigor o inicio de vigencia.
Oficio 5.1.026.- Se considera oportuno continuar con el proceso de mejora regulatoria
1. Oficio circular 5.1.-10. Se considera viable la cédula de riesgos, consecuentemente se puede continuar con los trámites conducentes.
Oficio circular 5.1.-016. Se valida la cédula de riesgos, consecuentemente se puede continuar con los trámites conducentes.
Oficio Circular 5.1.00026. Se valida la cédula de riesgos, consecuentemente se puede continuar con los trámites conducentes
Con relación al Oficio Circular No. 5.1.-016 no se tienen más comentarios, no obstante se sugiere a la Unidad Administrativa Emisora tomar nota de los puntos observados por este OIC en la siguiente actualización de los Lineamientos de Operación de los Fondos Rotatorios.
Oficio circular 5.1.-10.- La Oficialía Mayor emite su conformidad respecto a la conclusión o dictamen final señalado en la Cédula de Riesgos.
Oficio circular 5.1.-016.- La Oficialía Mayor emite su conformidad respecto a la Mejora/Actualización del documento en cuestión.
Oficio circular 5.1.00026.- La Oficialía Mayor emite su conformidad respecto a retirar el documento de la Normateca Interna por ser un documento meramente informativo.
Oficio 5.1.-010.- Continuar con la actividad siguiente de simplificación.
Oficio 5.1.-016.- El proyecto del documento reune los apartados mínimos a considerarse como estructura, de conformidad con lo que establece la “Guía para emitir documentos normativos” emitidos por la Secretaría de la Función Pública (SFP),
Se sugiere incorporar los formatos que hace alusión el documento como parte de los anexos. Ver numerales 5.1 y 5.11. Por otra parte, se hace alusión en el apartado 7 Vigencia que se eliminará el oficio 5.1.026 de fecha 14 de febrero de 2013; sin embargo, en opinión de este OIC existen algunos puntos que no se pueden eliminar, como es el caso de la referencia de los montos máximos para pago de pasajes de personal operativo, así como el control (bitácora) donde se registre los pasajes autorizados y su justificación.
Oficio 5.1.026.- Si bien es cierto que el documento hace alusión a una disposición transversal, se sugiere revisar y considerar los comentarios del punto anterior, a efecto de pronunciarse sobre su continuidad o eliminación. Cabe destacar que en los comentarios de fecha 11 de marzo se sugirió al documento Oficio 5.1.016: Valorar la factibilidad de incluir el contenido del Oficio Circular 5.1.026, toda vez que se hace mención a la partida 37201 Pasajes terrestres nacionales para labores de campo y supervisión.
Oficio circular 5.1.-10. Se considera viable la cédula de riesgo, consecuentemente se puede continuar con los trámites conducentes.
Oficio circular 5.1.-016. Se valida la cédula de riesgos, consecuentemente se puede continuar con los trámites conducentes.
Oficio Circular 5.1.00026. Se valida la cédula de riesgos, consecuentemente se puede continuar con los trámites conducentes.
Del análisis realizado al oficio Circular 5.1.-00026, se desprende que es un documento de carácter informativo que no tiene la categoría de norma interna, tomando como base el diagnóstico de la Unidad Administrativa así como cada uno de los argumentos vertidos por las Unidades de Apoyo, por tanto se estima procedente su baja del inventario de normas internas de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT).
Ahora bien, en cuanto a actualizar el oficio referido, se tienen las siguientes observaciones:
• Aunque su emisión corresponde al año 2013, la normatividad a que alude el oficio (Decreto que establece las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos y sus Lineamientos, y el Reglamento Interior de la SCT) están vigentes;
• Cada uno de los puntos señalados en el oficio son de carácter informativo que aplican en la actualidad; no constituyen regulaciones que deban emitirse de manera excepcional ni requieren de actualización de manera periódica;
• El marco jurídico que regula el apoyo para pasajes está debidamente identificado en el propio texto del oficio, así como en la que refiere la Unidad Administrativa Emisora.
Por lo anterior, se considera que su contenido es suficiente para fines informativos y no es indispensable emitir regulación adicional para este tipo de apoyos.
Del análisis efectuado al proyecto de actualización del Oficio Circular 5.1.-016, se advierte que los Lineamientos para la Operación de los Fondos Rotatorios, incluyen los elementos que se deben considerar en la estructura del documento normativo, de conformidad con lo que establece la “Guía para emitir documentos normativos” de la Secretaría de la Función Pública (SFP), expedida en Junio de 2011. De igual forma, se consideran en la redacción las sugerencias que realizó el grupo de trabajo.
No obstante, se deberá solicitar la opinión de la SFP para que determine en definitiva si el proyecto encuadra en alguno de los supuestos establecidos en el Artículo Segundo del “ACUERDO por el que se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como a la Procuraduría General de la República a abstenerse de emitir regulación en las materias que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de agosto de 2010.
Oficio Circular 5.1.-010. Oficialía Mayor emite su conformidad respecto al dictamen de eliminación del documento en cuestión.
Oficio Circular 5.1.-016. Oficialía Mayor requiere conocer la atención brindada por la Unidad Emisora a los comentarios contenidos en la Cédula de Riesgo.
Oficio Circular 5.1.00026. Oficialía Mayor requiere conocer la atención brindada por la Unidad Emisora a los comentarios contenidos en la Cédula de Riesgo.
Oficio circular 5.1.-10. Esta UAJ validó la eliminación del documento y respecto del cual la Unidad Emisora tomo conocimiento. En ese sentido, se considera viable la cédula de riesgo, consecuentemente se puede continuar con los trámites conducentes.
Oficio circular 5.1.-016. No se dio respuesta al comentario emitido por la UAJ, la cual no considera justificada la eliminación de dicho oficio. En ese sentido, no se valida la cédula de riesgos.
Oficio Circular 5.1.00026. No se dio respuesta al comentario emitido por la UAJ, la cual no considera justificada la eliminación de dicho oficio. En ese sentido, no se valida la cédula de riesgos.
Hago referencia al correo electrónico de fecha 13 de julio del año en curso, mediante el cual solicita emitir comentarios a la Cédula de Riesgos de los documentos denominados Oficios Circulares 5.1.-10, 5.1.-016 y 5.1.-00026 (Sin homoclave). Sobre el particular, se emiten lo siguiente: Oficio Circular 5.1.-10: Sin comentarios Oficio Circular 5.1.016 y 5.1.026: En espera de la atención de las acciones correctivas por parte del área emisora,a fin de emitir un pronunciamiento.
– Se propone que el oficio 5.1.-10 sea eliminado por falta de motivación.
– Se propone que el oficio 5.1.016 sea actualizado para mejorar la regulación del proceso de operación de los fondos rotatorios.
– Se propone que el oficio 5.1.026 sea retirado del inventario para simplificar la regulación en la materia, toda vez que el documento no corresponde a una norma interna.
Oficio 5.1.-026.
Oficialía Mayor solicita conocer en que instrumento normativo interno se encuentra establecido el procedimiento para solicitar el apoyo de recursos para pasajes locales, además de éste oficio.
Oficio Circular 5.1.-016.
Oficialía Mayor requiere conocer el proyecto de actualización de los Lineamientos de Operación de Fondos Rotatorios, conforme a lo mencionado en el análisis/diagnóstico elaborado por la Dirección de Pagos de la DGPOP.
Oficio Circular 5.1.-010.
Oficialía Mayor considera procedente retirar el oficio de la Normateca Interna, pues no constituye un documento normativo ya que únicamente es un oficio de solicitud de información dirigido a las Unidades Administrativas para ejercer una acción derivada de lo establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación del Ejercicio Fiscal 2011, en materia de austeridad, ajuste del gasto corriente, mejora y modernización de la gestión pública.
Oficios Circulares 5.1.010
Considerando la justificación señalada en el apartado Análisis/Diagnóstico del Formato para simplificación de normas internas, relativo a la eliminación de la norma por falta de motivación, en opinión de este Órgano Interno de Control no existe inconveniente en eliminarla y continuar con el procedimiento respectivo para su simplificación.
Oficio Circular 5.1.026
Se sugiere actualizar el documento considerando otro instrumento normativo, toda vez que un Oficio Circular es un documento no normativo. Asimismo, en el contenido del documento se sugiere lo siguiente:
Puntualizar los ordenamientos jurídicos en que se sustenta la emisión del documento (incluyendo artículos y fracciones, apartados e incisos según corresponda).
Anexar el formato de la bitácora que requisitaran las unidades administrativas para acreditar el pago de los pasajes locales.
Implementar un formato para la solicitud y aprobación del apoyo de recursos para pasajes locales.
Especificar el tipo de conceptos o comprobantes de gasto que serán aceptados para acreditar el pago de los pasajes locales.
Valorar la factibilidad de señalar que los servidores públicos que tienen asignados vehículos oficiales no serán acreedores al apoyo de recursos.
En caso de considerarlo pertinente, una mesa de trabajo para aclarar los puntos citados.
Oficio Circular 5.1.016
En el apartado Análisis/Diagnóstico del Formato para simplificación de normas internas se señala que se presenta el documento actualizado; sin embargo, se sugiere presentar el proyecto del documento para opinión del Grupo de Apoyo.
Considerar en el proyecto del documento al menos los puntos siguientes:
Generar el proyecto del instrumento con los apartados: Objetivo, Fundamento legal, Ámbito de aplicación, Disposiciones generales, Lineamientos generales y específicos, Emisor, fecha firma.
Precisar el articulado que otorga las facultades al servidor público para emitir el instrumento normativo.
Valorar la factibilidad de incluir el contenido del Oficio Circular 5.1.026, toda vez que se hace mención a la partida 37201 Pasajes terrestres nacionales para labores de campo y supervisión.
Precisar tiempos en las actividades.
Especificar la dirección electrónica donde se ubicarán los formatos.
De la revisión al oficio circular 5.1.-026, se considera que no esta debidamente justificada su eliminación. Existe la duda de que si hay algún otro documento que regule el apoyo a pasajes para el personal que realiza funciones de mensajería y gestoría. En su caso, indicar el marco jurídico que regula las cuestiones previstas en el oficio circular 5.1.026, máxime que su aplicación corresponde al año de 2013 y no se trata de una norma como tal, sino un oficio de carácter informativo.
Se aclara que comentario anterior corresponde al oficio 5.-016.
El comentario anterior corresponde al oficio circular 5.1.-00026.
Por cuanto hace al oficio circular 5.1.-016, se considera que no esta debidamente justificada su eliminación. Para estar en posibilidad de emitir la validación correspondiente se requiere contar con el proyecto actualizado que sustituya al correspondiente del ejercicio fiscal 2013.
De la revisión al oficio circular 5.1.-010, se considera que es viable su eliminación, en virtud de que dicho documento ya no tiene efectos jurídicos ya que su aplicación corresponde al Presupuesto de Egresos de la Federación del Ejercicio Fiscal 2011.
Vale la pena mencionar que este tipo de documentos no constituye ni puede considerarse como norma jurídica en términos del artículo 4º de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, razón por la cual no existe razón jurídica para que el oficio materia del presente sea sometido a consideración en este procedimiento de simplificación de normas internas, ya que una norma debe guardar las características a que refiere el multicitado artículo 4º de la Ley en comento.