Atribuciones
Reglamento interior de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y
Transportes, publicado el 24 de Enero del 2024 en el
Diario Oficial de la Federación
en el Articulo 18.
Corresponde a la Dirección General de Carreteras:
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I. Elaborar y participar en conjunto con las unidades administrativas
competentes, y en coordinación con la Dirección General de Planeación, en
la planeación, coordinación, programación y evaluación de los programas de
construcción y modernización de la red federal de carreteras, así como de
construcción, modernización, conservación y reconstrucción de los caminos
rurales y carreteras alimentadoras que requieran recursos federales para
su mantenimiento y conservación.
-
II. Integrar los planes y programas de construcción y modernización de la
red federal de carreteras, así como de construcción, modernización,
conservación y reconstrucción de caminos rurales y carreteras
alimentadoras que requieran recursos federales para su mantenimiento y
conservación.
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III. Proponer las políticas y, en su caso, los lineamientos aplicables a
los programas de construcción y modernización de la red federal de
carreteras, así como de construcción, modernización, conservación y
reconstrucción de caminos rurales y carreteras alimentadoras que requieran
recursos federales para su mantenimiento y conservación, respecto de las
obras y servicios que se realicen a través de los Centros SICT.
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IV. Elaborar los estudios de prefactibilidad técnica, económica y
ambiental de los programas de construcción y modernización de la red
federal de carreteras, así como de construcción, modernización,
conservación y reconstrucción de caminos rurales y carreteras
alimentadoras que requieran recursos federales para su mantenimiento y
conservación, y llevar a cabo las gestiones ante las instancias
correspondientes para obtener su autorización.
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V. Realizar los estudios técnicos de impacto ambiental de los proyectos
que deriven de los programas de construcción y modernización de la red
federal de carreteras, así como de construcción, modernización,
conservación y reconstrucción de caminos rurales y carreteras
alimentadoras que requieran recursos federales para su mantenimiento y
conservación, y tramitar ante la autoridad competente la autorización
correspondiente.
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VI. Elaborar, con la colaboración de los Centros SICT, los estudios y
proyectos para la ejecución de los programas de construcción y
modernización de la red federal de carreteras, así como de construcción,
modernización, conservación y reconstrucción de caminos rurales y
carreteras alimentadoras que requieran recursos federales para su
mantenimiento y conservación, y participar en la autorización de los que
realicen otras unidades administrativas de la Secretaría, u otras
autoridades competentes de la Administración Pública Federal o de las
entidades federativas, cuando éstas lo soliciten.
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VII. Determinar, en coordinación con la Dirección General de Servicios
Técnicos, las características y especificaciones técnicas de las obras que
por sus condiciones especiales así lo requieran, mismas que deben
observarse para la elaboración de los proyectos ejecutivos para la
construcción y modernización de la red federal de carreteras, así como de
construcción, modernización, conservación y reconstrucción de caminos
rurales y carreteras alimentadoras que requieran recursos federales para
su mantenimiento y conservación.
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VIII. Revisar y aprobar, en coordinación con la Dirección General de
Desarrollo Carretero, los estudios y proyectos para la construcción de
obras que, en su caso, serán realizadas por concesionarios.
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IX. Entregar a la Dirección General de Conservación de Carreteras, una vez
concluidas, las obras que deriven de los programas de construcción y
modernización de la red federal de carreteras, para su conservación.
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X. Integrar y validar, en el ámbito de su competencia y en coordinación
con las unidades administrativas competentes de la Secretaría, la
documentación necesaria para la tramitación de los registros en cartera de
programas y proyectos de inversión ante la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público, con respecto a las obras que deriven de los programas de
construcción y modernización de la red federal de carreteras, así como de
construcción, modernización, conservación y reconstrucción de caminos
rurales y carreteras alimentadoras que requieran recursos federales para
su mantenimiento y conservación, así como gestionar ante dicha dependencia
las adecuaciones programáticas y presupuestarias necesarias para la
correcta aplicación de los recursos.
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XI. Llevar a cabo las acciones que se requieran para la liberación y
regularización del derecho de vía de las obras que deriven de los
programas de construcción y modernización de la red federal de carreteras,
así como de la construcción, modernización, conservación y reconstrucción
de caminos rurales y carreteras alimentadoras que requieran recursos
federales para su mantenimiento y conservación, lo anterior en
coordinación con la Dirección General Patrimonial y del Derecho de Vía,
con la participación de los Centros SICT y, en su caso, de las autoridades
competentes de los tres órdenes de gobierno.
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XII. Participar con los Centros SICT, en la planeación y programación de
los procesos de licitación de obras públicas y servicios relacionados con
las mismas que se realicen conforme a los programas de construcción y
modernización de la red federal de carreteras, así como de la
construcción, modernización, conservación y reconstrucción de caminos
rurales y carreteras alimentadoras que requieran recursos federales para
su mantenimiento y conservación, así como revisar las proposiciones de
dichos procesos de licitación.
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XIII. Convocar y adjudicar, de conformidad con las disposiciones legales
aplicables los contratos de obra que determine la persona superior
jerárquica y los contratos de servicios relacionados con la obra pública
que se requieran para el ejercicio de sus atribuciones, así como
suspender, rescindir o terminar anticipadamente los referidos contratos
cuando se estime jurídicamente procedente.
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XIV. Registrar, analizar y validar las convocatorias de las obras y
servicios que deriven de los programas de construcción y modernización de
la red federal de carreteras, así como de la construcción, modernización,
conservación y reconstrucción de caminos rurales y carreteras
alimentadoras que requieran recursos federales para su mantenimiento y
conservación, para su trámite ante la Dirección General de Comunicación
Social, a fin de llevar a cabo su publicación en el Diario Oficial de la
Federación.
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XV. Dar seguimiento, de manera conjunta con los Centros SICT, a la
ejecución de las obras públicas contratadas por la Secretaría, y vigilar
que éstas se realicen conforme al proyecto y programa de ejecución
contractual, con el fin de que se cumplan los objetivos y metas fijados en
los programas a cargo de la Secretaría.
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XVI. Evaluar la situación presupuestal de las obras y servicios públicos
contratados por la Secretaría que deriven de los programas de construcción
y modernización de la red federal de carreteras, así como de los
contratados para la construcción, modernización, conservación y
reconstrucción de caminos rurales y carreteras alimentadoras que requieran
recursos federales para su mantenimiento y conservación.
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XVII. Participar con las autoridades competentes de las entidades
federativas, de los municipios y alcaldías en acciones de coordinación
interinstitucional relacionadas con los programas de construcción y
modernización de la red federal de carreteras, así como de construcción,
modernización, conservación y reconstrucción de caminos rurales y
carreteras alimentadoras que requieran recursos federales para su
mantenimiento y conservación.
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XVIII. Integrar la información que se requiera, con la participación de
las unidades administrativas competentes en la elaboración de convenios
que deba suscribir la Secretaría con otras instancias de gobierno,
relacionados con los programas de construcción y modernización de la red
federal de carreteras, así como los relacionados con los programas de
construcción, modernización, conservación y reconstrucción de caminos
rurales y carreteras alimentadoras que requieran recursos federales para
su mantenimiento y conservación.
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XIX. Dar opinión y apoyo técnico y normativo a los Centros SICT, cuando
así lo soliciten, sobre asuntos relacionados con la ejecución de los
programas de construcción y modernización de la red federal de carreteras,
así como los relacionados con la construcción, modernización, conservación
y reconstrucción de caminos rurales y carreteras alimentadoras que
requieran recursos federales para su mantenimiento y conservación.
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XX. Fungir como área técnica normativa de las residencias generales de
carreteras federales y de carreteras alimentadoras competencia de los
Centros SICT, y
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XXI. Dar seguimiento a los programas gubernamentales en materia de
protección civil a su cargo, así como participar en el ámbito de su
competencia y en términos de las disposiciones jurídicas aplicables en la
atención de emergencias derivadas de casos fortuitos o de fuerza mayor y
de desastres naturales.