Atribuciones DGC

Atribuciones

Reglamento interior de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, publicado el 24 de Enero del 2024 en el Diario Oficial de la Federación en el Articulo 18.

Corresponde a la Dirección General de Carreteras:

    I. Elaborar y participar en conjunto con las unidades administrativas competentes, y en coordinación con la Dirección General de Planeación, en la planeación, coordinación, programación y evaluación de los programas de construcción y modernización de la red federal de carreteras, así como de construcción, modernización, conservación y reconstrucción de los caminos rurales y carreteras alimentadoras que requieran recursos federales para su mantenimiento y conservación.
    II. Integrar los planes y programas de construcción y modernización de la red federal de carreteras, así como de construcción, modernización, conservación y reconstrucción de caminos rurales y carreteras alimentadoras que requieran recursos federales para su mantenimiento y conservación.
    III. Proponer las políticas y, en su caso, los lineamientos aplicables a los programas de construcción y modernización de la red federal de carreteras, así como de construcción, modernización, conservación y reconstrucción de caminos rurales y carreteras alimentadoras que requieran recursos federales para su mantenimiento y conservación, respecto de las obras y servicios que se realicen a través de los Centros SICT.
    IV. Elaborar los estudios de prefactibilidad técnica, económica y ambiental de los programas de construcción y modernización de la red federal de carreteras, así como de construcción, modernización, conservación y reconstrucción de caminos rurales y carreteras alimentadoras que requieran recursos federales para su mantenimiento y conservación, y llevar a cabo las gestiones ante las instancias correspondientes para obtener su autorización.
    V. Realizar los estudios técnicos de impacto ambiental de los proyectos que deriven de los programas de construcción y modernización de la red federal de carreteras, así como de construcción, modernización, conservación y reconstrucción de caminos rurales y carreteras alimentadoras que requieran recursos federales para su mantenimiento y conservación, y tramitar ante la autoridad competente la autorización correspondiente.
    VI. Elaborar, con la colaboración de los Centros SICT, los estudios y proyectos para la ejecución de los programas de construcción y modernización de la red federal de carreteras, así como de construcción, modernización, conservación y reconstrucción de caminos rurales y carreteras alimentadoras que requieran recursos federales para su mantenimiento y conservación, y participar en la autorización de los que realicen otras unidades administrativas de la Secretaría, u otras autoridades competentes de la Administración Pública Federal o de las entidades federativas, cuando éstas lo soliciten.
    VII. Determinar, en coordinación con la Dirección General de Servicios Técnicos, las características y especificaciones técnicas de las obras que por sus condiciones especiales así lo requieran, mismas que deben observarse para la elaboración de los proyectos ejecutivos para la construcción y modernización de la red federal de carreteras, así como de construcción, modernización, conservación y reconstrucción de caminos rurales y carreteras alimentadoras que requieran recursos federales para su mantenimiento y conservación.
    VIII. Revisar y aprobar, en coordinación con la Dirección General de Desarrollo Carretero, los estudios y proyectos para la construcción de obras que, en su caso, serán realizadas por concesionarios.
    IX. Entregar a la Dirección General de Conservación de Carreteras, una vez concluidas, las obras que deriven de los programas de construcción y modernización de la red federal de carreteras, para su conservación.
    X. Integrar y validar, en el ámbito de su competencia y en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría, la documentación necesaria para la tramitación de los registros en cartera de programas y proyectos de inversión ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con respecto a las obras que deriven de los programas de construcción y modernización de la red federal de carreteras, así como de construcción, modernización, conservación y reconstrucción de caminos rurales y carreteras alimentadoras que requieran recursos federales para su mantenimiento y conservación, así como gestionar ante dicha dependencia las adecuaciones programáticas y presupuestarias necesarias para la correcta aplicación de los recursos.
    XI. Llevar a cabo las acciones que se requieran para la liberación y regularización del derecho de vía de las obras que deriven de los programas de construcción y modernización de la red federal de carreteras, así como de la construcción, modernización, conservación y reconstrucción de caminos rurales y carreteras alimentadoras que requieran recursos federales para su mantenimiento y conservación, lo anterior en coordinación con la Dirección General Patrimonial y del Derecho de Vía, con la participación de los Centros SICT y, en su caso, de las autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno.
    XII. Participar con los Centros SICT, en la planeación y programación de los procesos de licitación de obras públicas y servicios relacionados con las mismas que se realicen conforme a los programas de construcción y modernización de la red federal de carreteras, así como de la construcción, modernización, conservación y reconstrucción de caminos rurales y carreteras alimentadoras que requieran recursos federales para su mantenimiento y conservación, así como revisar las proposiciones de dichos procesos de licitación.
    XIII. Convocar y adjudicar, de conformidad con las disposiciones legales aplicables los contratos de obra que determine la persona superior jerárquica y los contratos de servicios relacionados con la obra pública que se requieran para el ejercicio de sus atribuciones, así como suspender, rescindir o terminar anticipadamente los referidos contratos cuando se estime jurídicamente procedente.
    XIV. Registrar, analizar y validar las convocatorias de las obras y servicios que deriven de los programas de construcción y modernización de la red federal de carreteras, así como de la construcción, modernización, conservación y reconstrucción de caminos rurales y carreteras alimentadoras que requieran recursos federales para su mantenimiento y conservación, para su trámite ante la Dirección General de Comunicación Social, a fin de llevar a cabo su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
    XV. Dar seguimiento, de manera conjunta con los Centros SICT, a la ejecución de las obras públicas contratadas por la Secretaría, y vigilar que éstas se realicen conforme al proyecto y programa de ejecución contractual, con el fin de que se cumplan los objetivos y metas fijados en los programas a cargo de la Secretaría.
    XVI. Evaluar la situación presupuestal de las obras y servicios públicos contratados por la Secretaría que deriven de los programas de construcción y modernización de la red federal de carreteras, así como de los contratados para la construcción, modernización, conservación y reconstrucción de caminos rurales y carreteras alimentadoras que requieran recursos federales para su mantenimiento y conservación.
    XVII. Participar con las autoridades competentes de las entidades federativas, de los municipios y alcaldías en acciones de coordinación interinstitucional relacionadas con los programas de construcción y modernización de la red federal de carreteras, así como de construcción, modernización, conservación y reconstrucción de caminos rurales y carreteras alimentadoras que requieran recursos federales para su mantenimiento y conservación.
    XVIII. Integrar la información que se requiera, con la participación de las unidades administrativas competentes en la elaboración de convenios que deba suscribir la Secretaría con otras instancias de gobierno, relacionados con los programas de construcción y modernización de la red federal de carreteras, así como los relacionados con los programas de construcción, modernización, conservación y reconstrucción de caminos rurales y carreteras alimentadoras que requieran recursos federales para su mantenimiento y conservación.
    XIX. Dar opinión y apoyo técnico y normativo a los Centros SICT, cuando así lo soliciten, sobre asuntos relacionados con la ejecución de los programas de construcción y modernización de la red federal de carreteras, así como los relacionados con la construcción, modernización, conservación y reconstrucción de caminos rurales y carreteras alimentadoras que requieran recursos federales para su mantenimiento y conservación.
    XX. Fungir como área técnica normativa de las residencias generales de carreteras federales y de carreteras alimentadoras competencia de los Centros SICT, y
    XXI. Dar seguimiento a los programas gubernamentales en materia de protección civil a su cargo, así como participar en el ámbito de su competencia y en términos de las disposiciones jurídicas aplicables en la atención de emergencias derivadas de casos fortuitos o de fuerza mayor y de desastres naturales.

Actualizada al 21/Jun/2024, 20:30