Acuerdo mediante el cual se crea el programa nacional para el reordenamiento y regularización de vehículos destinados al autotransporte federal de pasajeros y turismo y de concesionarios o permisionarios estatales que transitan en caminos y puentes de jur


Situación: 

Simplificada

SCT-NIS-0265
sct_nis_0265

Evidencia de simplificación:

   

Antecedente.

 

Ficha Técnica
Fecha de Emisión: Fecha de Última Actualización: Clasificación: Sustantiva Tipo: Manual Emisor: 312 Dirección General de Autotransporte Federal Fecha de Publicación en Normateca Interna: 24/11/2014
Comentarios

4 respuestas a “Acuerdo mediante el cual se crea el programa nacional para el reordenamiento y regularización de vehículos destinados al autotransporte federal de pasajeros y turismo y de concesionarios o permisionarios estatales que transitan en caminos y puentes de jur”

  1. Unidad Administrativa de Apoyo Órgano Interno de Control dice:

    Derivado de la revisión a la norma con homoclave SCT-NIS-0265 de conformidad con el diagnóstico remitido por la Unidad Emisora, este grupo trabajo del OIC considera procedente su cancelación, toda vez que trata de una Norma Externa, por lo que se requiere continuar con el proceso para concluir con su formalización.

    Se agradece que en los subsecuentes diagnósticos de Normas Internas se utilice el archivo LEPAENI-F01 Diagnóstico Rev. 1.1 disponible en la Normateca Interna de la SICT en el siguiente enlace: http://sct.gob.mx/normatecaNew/guia-para-la-emision-de-documentos-normativos-internos/, lo anterior toda vez que dicho formato es el validado para uso de las Unidades Administrativas.

  2. Unidad Administrativa de Apoyo Órgano Interno de Control dice:

    De la revisión realizada por este grupo de trabajo del OIC se tiene el siguiente comentario:

    La eliminación se emplea cuando la norma no aporta valor a la gestión de la institución, su vigencia ha finalizado o duplica alguna regulación contenida en otro instrumento. Por otro lado, la cancelación se lleva a cabo cuando se han identificado normas duplicadas (con el mismo nombre) o que están indebidamente registradas en el SANI, que no cuentan con homoclave (n/r) o cuando se trata de documentos no normativos”.

    Por lo anterior, se propone la modificación al diagnóstico a fin de solicitar la cancelación de la presente norma.

  3. Unidad Administrativa de Apoyo.-Unidad de Transparencia dice:

    En lo que respecta al ACUERDO por el que se crea el Programa Nacional para el Reordenamiento y Regularización de Vehículos Destinados al Autotransporte Federal de Pasajeros y Turismo y de Concesionarios o Permisionarios Estatales que Transitan en Caminos y Puentes de Jurisdicción Federal
    La Dirección de Normatividad, Evaluación y Seguimiento, coincide con la eliminación de esta norma que originalmente fue clasificada como interna, siendo que su aplicación efectivamente es de carácter externo, por lo que se está de acuerdo en que sea eliminada, ello tomando en consideración que la DGAF analiza la normatividad que regula el servicio de autotransporte Federal de pasaje y turismo, a efecto de regularizar a los permisionarios que iniciaron con los trámites de reordenamiento y regularización, quienes actualmente cuentan con permisos provisionales, coincidiéndose en que lo anterior evita afectar a los sectores vulnerables que requieran trasladarse en vehículos que no se encuentran regulados para prestar los servicios mencionados

  4. Unidad Administrativa de Apoyo.-Unidad de Asuntos Jurídicos dice:

    Una vez revisado el citado Acuerdo, se advierte que su aplicación es de carácter externo, toda vez que tiene por objeto reordenar y regularizar a aquellos prestadores del servicio de autotransporte federal y transportistas concesionados o permisionados por los gobiernos estatales o municipales que requieren de sustituir los vehículos en operación, por lo anterior, se considera procedente la cancelación de la citada norma.

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