Contraloría Social
Conforme al artículo 69 de la Ley General de Desarrollo Social, la Contraloría Social se define como “...el mecanismo de los beneficiarios, de manera organizada, para verificar el cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de los recursos públicos asignados a los programas de desarrollo social.” Una herramienta que refleja este desarrollo es la cédula de vigilancia mediante la cual el Coordinador y/o Promotor durante el evento de la capacitación, informará y proporcionará a los integrantes del Comité de Contraloría Social, el formato denominado “Cédula de Vigilancia”.
Al término del Acta Entrega – Recepción de los trabajos ejecutados al camino o vialidad, el Coordinador y/o Promotor reunirá a los integrantes del Comité para requisitar la Cédula.
1.- Documentos Básicos
2.- Capacitación
3.- Material de Difusión