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Dirección General de Desarrollo Ferroviario y Multimodal
Dirección de Asuntos Legales
Tramite SCT-04-004: Aviso de modificación a los estatutos del concesionario.
Preguntas Frecuentes

¿Cuál es el costo de este trámite?
Sólo hay pago de derechos por el "cotejo" de la escritura en la que se modifican los estatutos"; el costo se determinará según las fojas que contenga el instrumento.


¿Dónde realizo el pago de derechos de este trámite?
Se debe obtener el "Formato para Generar Hoja de Ayuda"; el cual puede obtener a través de los Centro SCT, Centro Integral de Servicios CIS de la DGDFM y el Sistema "e5cinco", el cual puede localizar en el siguiente link: clic aqui.
Una vez obtenido dicho formato, el pago se realiza por transferencia electrónica o en ventanilla de Institución de crédito autorizada.


¿Con cuánto tiempo de anticipación debo de realizar el pago de derechos de este trámite?
No aplica.


¿Qué es la hoja de ayuda para pago en ventanilla bancaria?
Para los trámites y servicios que requieren del pago de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA’s), se diseñó un esquema electrónico denominado "e5cinco", el cual, permite realizar de manera electrónica el pago de DPA’s en las instituciones de crédito autorizadas, a través de Internet y de ventanilla bancaria.


¿Dónde puedo realizar este trámite?
En el CIS de la DGDFM.


¿Se puede realizar en línea?
El trámite es presencial con la respectiva solicitud acompañada de los requisitos que puedes encontrar en el siguiente tríptico: clic aquí.


¿Es necesario llenar algún formato?
La solicitud para el cobro de derechos, productos y aporvechamientos.


¿Es necesario imprimir algún formato?
Si, para el Pago de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA´s) mediante el sistema electrónico "e5cinco" se debe obtener el "Formato para generar hoja de ayuda"; el cual puedes localizar en el siguiente link: clic aquí.


¿Existe un contacto para la orientación o pedir informes?
El CIS de la DGDFM.


¿En cuánto tiempo obtengo una respuesta de resolución a este trámite?
Se resolverá en un plazo que no exceda de 10 días hábiles siguientes a la recepción del trámite.


¿Este trámite lo puede realizar otra persona en mi lugar?
Si, siempre y cuando se presente el documento respectivo que lo acredite como representante de la persona o empresa que deba realizar el trámite.


¿Es necesario realizar una cita?
No, únicamente se deben de presentar en las oficinas del CIS de la DGDFM en los horarios establecidos.


¿Puedo pagar en línea?
Si.


¿Qué necesito para pagar en línea?
La clave de referencia y la cadena de la dependencia.


¿Es necesario realizar otro trámite para poder llevar a cabo el actual?
No.


Actualizada al 09/May/2024, 18:31