713 Manual de Procedimientos de la Unidad de Tecnologías de la Información y Comunicaciones


SCT-NIS-0483

Proceso de Mejora Regulatoria Interna

Etapa3

Etapa 1. Diagnóstico

Imagen-D0483

ANEXO DEL FORMATO DE DIAGNÓSTICO

Etapa 2. Revisión

El periodo de revisión fue del 5 al 18 de mayo de 2017, el resultado de la revisión se encuentran al final de la página en el apartado de COMENTARIOS.

Etapa 3. Definición

Ficha Técnica
Fecha de Emisión: 2006-01-01 Fecha de Última Actualización: Clasificación: Sustantiva Tipo: Manual Emisor: 713 Unidad de Tecnologías de la Información y Comunicaciones Fecha de Publicación en Normateca Interna: 26/02/2009
Comentarios

5 respuestas a “713 Manual de Procedimientos de la Unidad de Tecnologías de la Información y Comunicaciones”

  1. 713 Unidad de Tecnologías de la Información y Comunicaciones dice:

    El 30 de agosto de 2017, se recibió el oficio no. UGD/409/DGAENGD/DNGD/0002/2017, mediante el cual la Dirección de Normatividad de Gobierno Digital, da respuesta a nuestro oficio 5.4.0.1.-102/2017.
    OFICIO UGD/409/DGAENGD/DNGD/0002/2017

  2. 713 Unidad de Tecnologías de la Información y Comunicaciones dice:

    En apego al oficio UGD/409/1317/2010 de la UGD-SFP y en opinión de esta Unidad Administrativa, procede la eliminación del Manual de Procedimientos de la UTIC; sin embargo, con la finalidad de coadyuvar a tomar una mejor decisión, se envió a la UGD el oficio 5.4.0.1.-102/2017 para solicitar su opinión sobre este tema. Quedando en espera de la respuesta respectiva. Se envió copia del acuse al correo normatecainterna@sct.gob.mx

  3. 110 Unidad de Asuntos Jurídicos dice:

    De la revisión al citado documento se considera que el mismo prevé procesos y procedimientos de carácter administrativo, los cuales ya se encuentran regulados por los Manuales Administrativos de Aplicación General que emite la Secretaría de la Función Pública, en ese sentido se considera procedente su eliminación.

  4. 112 Órgano Interno de Control dice:

    El oficio en el cual se refieren para solicitar la baja del manual, ya no se consideraría procedente, toda vez que la opinión es conforme a una versión anterior del MAAGTICSI, que ya no es vigente (por la fecha). Por lo cual, no se considera procedente como justificación para la eliminación. .
    El MAAGTICSI, define los 9 procesos en materias de TIC y seguridad de la información, en los que las Dependencias deben regular su operación independientemente de su estructura organizacional y las metodologías de operación con las que trabajen; a diferencia del manual que define los procedimientos que la UTIC lleva a cabo para la ejecución de sus tareas; ya que el manual de procedimientos, debe contener la descripción de las actividades que deben seguirse en la realización a las funciones de cada una de las áreas que forman la Unidad, además de indicar las áreas que intervienen precisando su responsabilidad y participación.
    Se requiere que la UTIC, señale de qué manera el MAAGTICSI contempla todos los procedimientos que se tienen en el manual que solicitan su eliminación. Lo anterior a través de una relación de los procedimientos que se eliminan con el apartado del MAAGTICSI que lo sustituye.
    De lo anterior, se sugiere que se lleve a cabo la actualización del manual de procedimientos, más no su eliminación.

  5. 710 Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto dice:

    Del análisis del documento se determina que éste contiene procesos y procedimientos de carácter administrativo, los cuales ya se encuentran regulados por los Manuales Administrativos de Aplicación General que emite la Secretaría de la Función Pública, por lo que, en apego a lo establecido en el “Acuerdo por el que se instruye a las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, así como a la Procuraduría General de la República a abstenerse de emitir regulación en las materias que se indican” publicada en Diario Oficial de la Federación el 21 de agosto de 2012, se considera procedente su eliminación.

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