MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN DE NORMAS, ESPECIFICACIONES Y PRECIOS UNITARIOS DE LA SECRETARÍA INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES.


SICT-NIS-0795


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Revisión 2022: 

Evidencia de Simplificación 2022:

Evidencia de Simplificación 2021:


Históricos

  1. Manual de Integración y Funcionamiento de la Comisión de Normas, Especificaciones y Precios Unitarios de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.-Junio-2021 
  2. Manual de Integración y Funcionamiento de la Comisión de Normas, Especificaciones y Precios Unitarios de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.-Noviembre-2018 
Ficha Técnica
Fecha de Emisión: Fecha de Última Actualización: 2023-03-01 Clasificación: Tipo: Manual Emisor: normateca Fecha de Publicación en Normateca Interna:
Comentarios

21 respuestas a “MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN DE NORMAS, ESPECIFICACIONES Y PRECIOS UNITARIOS DE LA SECRETARÍA INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES.”

  1. Unidad Administrativa de Apoyo.-Unidad de Transparencia dice:

    Toda vez que el área a cargo atendió los cometarios de esta unidad de transparencia, no se tiene inconveniente en que se continúe con el proceso respectivo

  2. Unidad Administrativa de Apoyo Órgano Interno de Control dice:

    Derivado de la revisión por parte del grupo de trabajo del OIC a la norma presente, se consideran atendidos la mayoría de los comentarios; sin embargo, se debe aclarar por qué las sesiones ordinarias se celebrarán trimestralmente, en vez de mensual, tal cual lo establece el ACUERDO por el que se crea la Comisión de Normas, Especificaciones y Precios Unitarios de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES y de ser necesario se debe corregir.

    • 212 Dirección General de Servicios Técnicos dice:

      Se aclara que en el inciso 9.1. Manual de Integración y Funcionamiento de la Comisión de Normas, Especificaciones y Precios Unitarios se indicó que las sesiones ordinarias se celebrarán trimestralmente y no una cada mes como se establece en el artículo 5 del Acuerdo por el que se crea la Comisión de Normas, Especificaciones y Precios Unitarios de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Esto debido a que por las restricciones que se tienen en la contratación de personal, se ha disminuido la plantilla de personal técnico especializado de las Unidades Administrativas que integran esta Comisión, con el consecuente incremento de actividades para ellos, por lo que los servidores públicos asignados para fungir como representantes ante la Comisión tienen que atender diversos asuntos además de la revisión de los que esta Comisión genera. Por tal motivo, se consideró tratar los temas que requieran la intervención de la Comisión disminuyendo la frecuencia de las sesiones para reducir el tiempo empleado en asistir a las reuniones.

    • Unidad Administrativa de Apoyo Órgano Interno de Control dice:

      Derivado de la respuesta por parte de la unidad emisora, este grupo de trabajo del OIC consideran atendidos los comentarios y se considera procedente la actualización de la norma, por lo anterior, se requiere continuar con el proceso para concluir con su formalización.

  3. UNIDAD ADMINISTRATIVA DE APOYO.-UNIDAD DE ASUNTOS JURÍDICOS dice:

    Se informa que esta área jurídica valida los cambios efectuados en el documento, por lo que no se tiene inconveniente en otorgar el Visto Bueno correspondiente

  4. Unidad Administrativa de Apoyo.-Unidad de Transparencia dice:

    Se remite en archivo adjunto (en documento con control de cambios) los comentarios elaborados por esta Dirección de Normatividad, Evaluación y Seguimiento dependiente de la Unidad de Transparencia al: “Manual de Integración y Funcionamiento de la Comisión de Normas, Especificaciones y Precios Unitarios de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes”
    Solicitando su valioso apoyo a efecto de que dicho documento sean subidos al sistema para conocimiento y opinión de los demás integrantes del Grupo de Trabajo y continuidad del proceso.
    Anexo UT

    • 212 Dirección General de Servicios Técnicos dice:

      La DGST ha adecuado el Manual de Integración y Funcionamiento de la CNEPU de acuerdo con las observaciones pertinentes realizadas por los grupos de trabajo de la Unidad de Asuntos Jurídicos, Unidad de Transparencia y del Órgano Interno de Control, se envió el documento vía electrónica para continuar con el proceso de revisión

      Atención comentarios DGST

  5. Unidad Administrativa de Apoyo Órgano Interno de Control dice:

    Derivado de la revisión por parte del grupo de trabajo del OIC a la norma presente, se tienen los siguientes comentarios:

    1. De conformidad con la Guía para emitir documentos normativos, se recomienda redefinir el Objetivo e integrar un control de cambios y versiones.
    2. Se sugiere agregar LOPSRM y CNEPU al glosario de términos
    3. Se sugiere revisar la normatividad citada toda vez que hubo cambios en la estructura orgánica de la SICT; por ejemplo, se transfirieron Unidades Administrativas a la Secretaría de Marina.
    4. Se debe aclarar porqué las sesiones ordinarias se celebrarán trimestralmente, en vez de mensual, tal cual lo establece el ACUERDO por el que se crea la Comisión de Normas, Especificaciones y Precios Unitarios de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
    5. Se recomienda indicar de manera literal que a partir de la fecha de firma dicho Manual surte efectos y deberá ser aplicado por el comité.
    6. Considerando las medidas austeridad y promoviendo el uso de medios electrónico para la realización de actividades para el mejor aprovechamiento de las TIC en la APF, se sugiere analizar la factibilidad de que las sesiones se lleven a cabo a través de medios electrónicos, o bien que haya integrantes presenciales y otros conectados de manera remota.
    Se remite mediante correo electrónico el proyecto de documento para la actualización con control de cambios al enlace institucional.
    Anexo OIC

  6. Unidad Administrativa de Apoyo.-Unidad de Asuntos Jurídicos dice:

    El 16 de agosto del año en curso, esta UAJ envió a la Dirección de Organización y Modernización Administrativa el archivo electrónico que contiene las observaciones y comentarios al citado Manual. Lo anterior se informa para los efectos conducentes.
    Anexo Comentario UAJ

  7. Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto. dice:

    Se atendieron las observaciones marcadas en el archivo adjunto, por lo que el documento puede continuar con el proceso de mejora regulatoria interna.

  8. Unidad de Transparencia dice:

    Derivado de la revisión realizada al Manual de integración y funcionamiento de la Comisión de Normas, Especificaciones y Precios Unitarios de la SCT, y de conformidad con lo manifestado por la unidad administrativa emisora en su diagnóstico, no se tiene inconveniente alguno en que se continúe con el proceso de Mejora Regulatoria Interna.

    No obstante, se sugiere atender lo siguiente:

    1.- Página 3. Fundamento Legal.
    Dice: Ley Orgánica de Administración Pública Federal.
    Debe decir: Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    2.- Página 4. Grupos de Trabajo.
    Dice: Transporte Ferroviario y Multimodal.
    Debe decir: Desarrollo Ferroviario y Multimodal.

    3.- Página 7. Suplentes.
    Dice: mediante oficio a su SUPLENTES.
    Debe decir: mediante oficio a sus SUPLENTES.

    Del mismo modo, se coincide con el comentario emitido por el OIC en el sentido de que el Manual sea suscrito por el Subsecretario de Infraestructura en su carácter de Presidente de la Comisión de Normas, Especificaciones y Precios Unitarios.

  9. Grupo de Trabajo Órgano Interno de Control dice:

    Derivado de la revisión al último documento remitido por el área responsable, se desprende que éste cumple con la atención a las observaciones emitidas por el Órgano Interno de Control el pasado 1 de agosto de 2019.

    Respecto al DIAGNÓSTICO PARA LA EMISIÓN DE UNA NORMA INTERNA, surge la duda ¿por qué el documento lo firmará el presidente suplente?, este OIC sugiere que por tratarse de la emisión del manual, quien tiene las atribuciones para suscribirlo es el Subsecretario de Infraestructura como Presidente de la Comisión.

  10. 110 Unidad de Asuntos Jurídicos dice:

    Una vez revisado el citado Manual, se advierte que fueron atendidos los comentarios emitidos por esta UAJ, por lo cual emite la validación correspondiente a su contenido, consecuentemente se puede continuar con los trámites conducentes.

  11. Grupo de Trabajo Órgano Interno de Control dice:

    Derivado de la revisión realizada por este OIC, se observa que unicamente se atendieron de forma parcial las observaciones, por lo cual se reiteran las siguientes:
    De conformidad con la Guía para emitir documentos normativos de junio de 2011 emitida por la Secretaría de Función Pública en la Sección III numeral 7, se habla de la emisión de manuales, enumerando los siguientes apartados básicos:
    1. Índice: Cumple.
    2. Introducción: Cumple.
    3. Objetivo: No cumple. Se debe explicar el ¿por qué? y ¿para qué? del manual.
    4. Fundamento legal. No cumple. Se debe señalar los ordenamientos jurídicos en que se sustenta la emisión del manual (incluyendo artículos y fracciones, apartados e incisos según corresponda).
    5. Definiciones. Cumple.
    6. Ámbito de aplicación. No Cumple. En este apartado se debe definir a las personas, áreas ú organismos responsables de observar el manual y de vigilar su aplicación. En algunos casos también define la demarcación geográfica en que será aplicable.
    7. Cuerpo normativo. Cumple.
    8. Emisores, fecha y firma. Cumple parcialmente. Se debe incluir el nombre completo y cargo del servidor público facultado para emitir el manual.

  12. 110 Unidad de Asuntos Jurídicos dice:

    De la revisión al citado Manual, se advierte que no se atendieron los comentarios emitidos por esta UAJ el 15 de marzo de 2019, ni se dio respuesta a ninguno de ellos. En ese sentido, se reiteran dichos comentarios.

  13. Grupo de Trabajo Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto. dice:

    En la siguiente liga se adjuntan los comentarios sobre el documento:
    ComentarioDGPOP

    • 212 Dirección General de Servicios Técnicos dice:

      Se atendieron las observaciones formuladas al manual y se está remitiendo la versión corregida a la Dirección Adjunta de Modernización y Presupuesto de Servicios Personales de la DGPOP, con oficio no.3.3.2.-005/19 de fecha 19 de julio

  14. Grupo de Trabajo Órgano Interno de Control dice:

    Derivado de la revisión realizada por este OIC, se tienen las siguientes observaciones:
    De conformidad con la Guía para emitir documentos normativos de junio de 2011 emitida por la Secretaría de Función Pública en la Sección III numeral 7, se habla de la emisión de manuales, enumerando los siguientes apartados básicos:
    1. Índice: Cumple.
    2. Introducción: Cumple.
    3. Objetivo: No cumple. Se debe explicar el ¿por qué? y ¿para qué? Del manual.
    4. Fundamento legal. No cumple. Se debe señalar los ordenamientos jurídicos en que se sustenta la emisión del manual (incluyendo artículos y fracciones, apartados e incisos según corresponda).
    5. Definiciones. Cumple.
    6. Ámbito de aplicación. No Cumple. En este apartado se debe definir a las personas, áreas ú organismos responsables de observar el manual y de vigilar su aplicación. En algunos casos también define la demarcación geográfica en que será aplicable.
    7. Cuerpo normativo. Cumple.
    8. Emisores, fecha y firma. Cumple parcialmente. Se debe incluir el nombre completo y cargo del servidor público facultado para emitir el manual.
    Aunado a lo anterior se sugiere: a) ser más precisos en el nombre porque “Comisión de normas, especificaciones y precios…” para la SCT es muy general, se entiende que habría representación de todas las unidades administrativas que intervienen en la definición de normas; b) actualizar la imagen gráfica institucional y c) revisar el uso de altas y bajas en el contenido del manual.

    • 212 Dirección General de Servicios Técnicos dice:

      Se atendieron las observaciones formuladas al manual y se está remitiendo la versión corregida a la Dirección Adjunta de Modernización y Presupuesto de Servicios Personales de la DGPOP, con oficio no.3.3.2.-005/19 de fecha 19 de julio

  15. Grupo de Trabajo Unidad de Asuntos Jurídicos dice:

    • Se advierte que no es clara la justificación operativa del citado Manual, al señalar que se requiere “Complementar el Acuerdo por el que se crea la Comisión de Normas, Especificaciones y Precios Unitarios de la Secretaría de Comunicaciones…”, en efecto, es conveniente señalar si se trata de una actualización o una nueva norma.
    • En el formato de diagnóstico que consta de 2 hojas, no se establece la fecha, ni la homoclave. Sería conveniente incluirla.
    • Es necesario actualizar el logo del encabezado de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y la fecha señalada de lado derecho inferior de las hojas.
    • En la hoja 3, numeral 2 glosario de términos se hace referencia a las siglas “LOPSRM”, por lo cual es conveniente señalar la denominación completa de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y posteriormente como será definida.
    • En numeral 3 Integración de la CNEPU-SCT, se establecen entre otros Vocales, al Director General del Instituto Mexicano del Transporte y al Director General de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, sin embargo, en el Acuerdo por el que se crea la Comisión de Normas, Especificaciones y Precios Unitarios de la Secretaría de Comunicaciones, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1° de febrero de 1990, dichos servidores públicos estaban considerados como Invitados Permanentes de la Comisión. Por lo cual se sugiere señalar si existe documento que acredite la designación de dichos servidores como vocales.

    • En el numeral 6.4 se establece que el proceso de aprobación de Normas, Manuales y Prácticas Recomendables para la Normativa SCT se realizará en términos de lo dispuesto por el artículo 19 fracción IV del RISCT, sin embargo, dicho artículo sólo hace referencias a normas técnicas para infraestructura del transporte.

    • 212 Dirección General de Servicios Técnicos dice:

      Se atendieron las observaciones formuladas al manual y se está remitiendo la versión corregida a la Dirección Adjunta de Modernización y Presupuesto de Servicios Personales de la DGPOP, con oficio no.3.3.2.-005/19 de fecha 19 de julio

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