Oficio Circular 7-2-309-058 (Seguridad Marítima)


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Situación:

Eliminada

SCT-NIS-0619

SCT-NIS-0619

Proceso de Mejora Regulatoria Interna

Etapa 5


Etapa 1. Diagnóstico


Etapa 2 Revisión


Etapa 3. Definición


Etapa 4 Autorización


Etapa 5 Difusión y Registro
Se ha completado el proceso de Mejora Regulatoria, por lo cual se se encuentra en el Sistema de Administración de Normas Internas de la APF, y nuestra Normateca Interna.

Ficha Técnica
Fecha de Emisión: Fecha de Última Actualización: 2020-07-30 Clasificación: Sustantiva Tipo: Manual Emisor: 511 Dirección General de Marina Mercante Fecha de Publicación en Normateca Interna: 05/11/2014
Comentarios

4 respuestas a “Oficio Circular 7-2-309-058 (Seguridad Marítima)”

  1. Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto. dice:

    Esta DGPOP coincide con la eliminación del citado oficio, toda vez que de lo establecido en el artículo 9 del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley de Navegación y Comercios Marítimos y de la Ley de Puertos, publicado el 19 de diciembre de 2016 en el Diario Oficial de la Federación.

  2. Grupo de Trabajo Órgano Interno de Control dice:

    Derivado de la revisión realizada por este OIC a la ficha diagnóstico, se consideran suficientes los elementos presentados para continuar con el proceso de eliminación del inventario de normas internas, en apego a lo establecido por el DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos y de la Ley de Puertos, publicado en el DOF el 19 de diciembre de 2016.

  3. 110 Unidad de Asuntos Jurídicos dice:

    Una vez revisado el formato de diagnóstico, así como el oficio circular 7.2.309/058, esta área jurídica no tiene inconveniente alguno en la eliminación del citado oficio, toda vez que derivado de la publicación en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 2016 del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos y de la Ley de Puertos, diversas funciones relativas a las Capitanías de Puerto fueron transferidas a la Secretaría de Marina.

  4. Unidad de Transparencia dice:

    Derivado de lo manifestado por la Dirección General de Marina Mercante en su diagnóstico y en conocimiento de lo establecido en el artículo 9 del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos y de la Ley de Puertos, publicado el 19 de diciembre de 2016 en el Diario Oficial de la Federación, se estima procedente la eliminación del Oficio Circular 7.2.309/058.

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Estatus del documento:

Historica