Oficio Circular 5.0.-007/2014 Contratación y pago de las adquisiciones de bienes y servicios


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5.0.-007-2014_261114.pdf

Proceso de Mejora Regulatoria Interna 2023:

Etapa 1: Diagnóstico.

Etapa 2: Revisión.

En proceso.

 


Icono archivoHistóricos

5.0.-002-2012_12011212-Enero-2012

• 5.-007-2011_29041129-Abril-2011

Icono expedienteExpedientes de simplificación

•Evidencias de simplificación 2015

Ficha Técnica
Fecha de Emisión: Fecha de Última Actualización: Clasificación: Administrativa Tipo: Oficio Circular Emisor: 712 Dirección General de Recursos Materiales Fecha de Publicación en Normateca Interna: 12/06/2015
Comentarios

8 respuestas a “Oficio Circular 5.0.-007/2014 Contratación y pago de las adquisiciones de bienes y servicios”

  1. Unidad Administrativa de Apoyo Órgano Interno de Control dice:

    Derivado de la revisión a la presente norma, conforme al diagnóstico y justificación proporcionados por la Unidad Emisora, este grupo de trabajo del OIC considera procedente su eliminación por pérdida de vigencia en el entendido de que es un documento de aplicación anual conforme al ejercicio fiscal respectivo, por lo anterior, se requiere continuar con el proceso para concluir con su formalización.

  2. Unidad Administrativa de Apoyo.-Unidad de Transparencia dice:

    Por parte de esta Dirección de Normatividad, Evaluación y Seguimiento de la Unidad de Transparencia, no se tiene inconveniente en que se dé continuidad al proceso de eliminación

  3. Unidad Administrativa de Apoyo.-Unidad de Asuntos Jurídicos dice:

    Se ratifica comentario. De la revisión al oficio circular 5.0.-007/2014 se considera viable su cancelación, en virtud de que el mismo ya no se encuentra vigente, toda vez que su aplicación es anual y corresponde al citado ejercicio fiscal.

  4. 712 Dirección General de Recursos Materiales dice:

    Atendiendo a lo señalado por la Dirección de Adquisiciones, área responsable de las actividades de mejora regulatoria del presente documento, esta Dirección General de Recursos Materiales expresa lo siguiente, en respuesta a lo observado por la UAA OIC, ya que no se considera pertinente realizar una modificación de fondo, ello porque para cada ejercicio presupuestal, se emite una circular, en la cual se contemplan las compras consolidadas de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.:

    “No se considera realizar una actualización de forma, porque para cada ejercicio presupuestal se emite un oficio circular por parte de la Unidad de Administración y Finanzas para hacer de conocimiento a los Directores Generales y Subdirectores de Administración de los Centros SICT, así como para la oficina del C. Secretario, Subsecretarios, Titulares de la Unidad, Directores Generales Coordinadores Administrativos, Directores y Subdirectores de Administración de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, como es el caso de los oficios circulares No. 5.0.-319/2022, No. 5.0.-320/2022 y No. 5.0.-321/2022 para las contrataciones consolidadas de los servicios generales de la SICT y Centros SICT para el ejercicio fiscal 2023.” (sic)

  5. Unidad Administrativa de Apoyo Órgano Interno de Control dice:

    Derivado de la revisión a la presente norma, así como al diagnóstico remitido por la Unidad Emisora por parte del grupo de trabajo del OIC, surge la incertidumbre, si se trata de un documento de aplicación anual conforme al ejercicio fiscal respectivo, ¿Por qué se considera su Eliminación por pérdida de vigencia, en vez de considerar una Actualización de forma? A fin de continuar con el proceso de mejora regulatoria interna se tendrá que dar certeza en qué documento normativo se encuentran las líneas de acción para llevar a cabo los procesos para la contratación y pago de las adquisiciones de bienes y servicios consolidadas y centralizadas.

    • 712 Dirección General de Recursos Materiales dice:

      Atendiendo a lo señalado por la Dirección de Adquisiciones, área responsable de las actividades de mejora regulatoria del presente documento, esta Dirección General de Recursos Materiales expresa lo siguiente, en respuesta a lo observado por la UAA OIC, ya que no se considera pertinente realizar una modificación de fondo, ello porque para cada ejercicio presupuestal, se emite una circular, en la cual se contemplan las compras consolidadas de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.:

      “No se considera realizar una actualización de forma, porque para cada ejercicio presupuestal se emite un oficio circular por parte de la Unidad de Administración y Finanzas para hacer de conocimiento a los Directores Generales y Subdirectores de Administración de los Centros SICT, así como para la oficina del C. Secretario, Subsecretarios, Titulares de la Unidad, Directores Generales Coordinadores Administrativos, Directores y Subdirectores de Administración de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, como es el caso de los oficios circulares No. 5.0.-319/2022, No. 5.0.-320/2022 y No. 5.0.-321/2022 para las contrataciones consolidadas de los servicios generales de la SICT y Centros SICT para el ejercicio fiscal 2023.” (sic)

  6. Unidad Administrativa de Apoyo.-Unidad de Transparencia dice:

    OFICIO CIRCULAR 5.0.-007/2014 CONTRATACIÓN Y PAGO DE LAS ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
    La Dirección de Normatividad, Evaluación y Seguimiento, está de acuerdo con la eliminación de esta norma por falta de motivación al tratarse de un documento de aplicación anual conforme al ejercicio fiscal respectivo, ya que este no se encuentra vigente.

  7. Unidad Administrativa de Apoyo.-Unidad de Asuntos Jurídicos dice:

    De la revisión al oficio circular 5.0.-007/2014 se considera viable su cancelación, en virtud de que el mismo ya no se encuentra vigente, toda vez que su aplicación es anual y corresponde al citado ejercicio fiscal.

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