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Manual de Integración y Funcionamiento del Comité Interno de Ahorro de Energía de la SICT
SCT-NIARU-RRMM-0004
Proceso de Mejora Regulatoria Interna 2024:
Etapa 1: Diagnóstico.
Cédula de Riesgos
https://sct.gob.mx/normatecaNew/wp-content/uploads/2014/02/Manual-IFCIAE_2023.docx
Evidencia de Simplificación 2020: Diagnóstico, Dictamen Técnico y Cédula de Riesgos
Históricos
- Ficha Técnica
-
Fecha de Emisión: Fecha de Última Actualización: Clasificación: Administrativa Tipo: Manual Emisor: 712 Dirección General de Recursos Materiales Fecha de Publicación en Normateca Interna: 28-Agosto-2012
- Comentarios
-
36 respuestas a “Manual de Integración y Funcionamiento del Comité Interno de Ahorro de Energía de la SICT”
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Vigente
La Dirección de Normatividad, Evaluación y Seguimiento de la Unidad de Transparencia reitera que no se tiene inconveniente en que se dé continuidad al proceso, toda vez que de la revisión a la atención de las sugerencias efectuadas por esta dirección se aprecia que se efectuaron las adecuaciones correspondientes,
De la revisión al proyecto de norma Manual de integración y funcionamiento del Comité Interno de Ahorro de Energía de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, fueron solventadas las observaciones, por lo que se considera procedente continuar con el proceso de mejora regulatoria.
De la revisión del citado Manual esta Dirección General de Recursos Humanos y Organización considera procedente la modificación del mismo, sin embargo y a efecto de seguir con el proceso de mejora regulatoria, se informa que se desprendieron algunas observaciones y comentarios, motivo por el cual se pone a disposición en el sistema el documento con control de cambios para conocimiento y opinión de los demás integrantes del Grupo de Trabajo.
Por instrucciones superiores, se reiteran los comentarios emitidos el 5 de enero de 2024 por esta UAJ consistentes en lo siguiente:
De la revisión al citado documento, esta área jurídica advierte que fueron solventadas las observaciones, por lo cual, no tiene inconveniente alguno en que se continúe con los trámites conducentes del citado Manual.
Derivado de la revisión por parte del grupo de trabajo del OIC al proyecto de norma interna: Manual de integración y funcionamiento del Comité Interno de Ahorro de Energía de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, se tienen los siguientes comentarios:
1. Glosario de términos en:
a. se sugiere que donde se refiera la palabra funcionario, se utilice servidor público.
b. OIC: OE: Órgano Especializado en el ramo de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.
c. Asesor: Se reitera el comentario anterior, derivado de los cambios en el Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, se sugiere que quede como: Representante del Área de Especialidad en el ramo de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.
d. Invitados: Independientemente de que la información presentada en las sesiones es pública, el formato debe estar disponible al momento de la emisión del documento normativo por ser parte de éste.
Para más detalles se remite el documento con control de cambios al enlace institucional para que se comparta con la unidad emisora y promovente.
De la revisión al citado documento, esta área jurídica advierte que fueron solventadas las observaciones, por lo cual, no tiene inconveniente alguno en que se continúe con los trámites conducentes del citado Manual.
Derivado de la revisión por parte del grupo de trabajo del OIC a la norma presente, se tienen los siguientes comentarios:
Presentación.
1. Toda vez que el Reglamento Interior de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes está pendiente de emisión, se sugiere establecer: Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes vigente.
Marco jurídico
2. Se sugiere el uso de altas y bajas en la normativa señalada.
Integración del Comité
3. Se sugiere especificar si los Invitados tendrán voz y voto.
4. Derivado de los cambios en el Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, se sugiere que quede como: Representante del Órgano Interno de Control Especializado.
5. ¿Existe algún formato establecido para un documento en el que se obliguen a guardar la debida reserva y confidencialidad de la información tratada en el Comité? Se sugiere incluirlo como Anexo en su formato editable para el uso de los interesados.
6. Se considera conveniente valorar la posibilidad que los integrantes del Comité, además del presidente, puedan contar con suplencia.
7. ¿Justificado por quién?, ¿Qué se debe justificar (es decir que se entiende por debidamente)? ¿A quién se remite esa justificación?, ¿Hay un plazo previsto?
Aunado a lo anterior se sugiere que previo a su formalización se remita a comentarios del Comité.
Para más detalles se remite el documento con control de cambios al enlace institucional para que se comparta con la unidad emisora y promovente.
De la revisión a la atención referente a las sugerencias efectuadas por esta Dirección de Normatividad, Evaluación y Seguimiento de la Unidad de Transparencia y toda vez que se efectuaron las adecuaciones correspondientes, no se tiene inconveniente en que se dé continuidad al proceso.
De la revisión del citado Manual, esta área jurídica no tiene inconveniente jurídico respecto de la actualización del citado documento, no obstante, se sugiere considerar los siguientes comentarios:
Se reitera comentario. Se sugiere verificar el texto de la fracción VIII (página 15), a fin de que sea congruente con la fracción VIII en el Índice para quedar como sigue:
“Funciones de los responsables de inmuebles y flota vehicular”.
Se sugiere verificar la ortografía del Glosario de términos ya que existen algunos errores.
En la página 7 en la definición de “Funcionario Operador”, es conveniente mencionar la denominación correcta del Programa de Eficiencia Energética en la Administración Pública Federal.
Derivado de la revisión por parte del grupo de trabajo del OIC a la norma presente, se tienen los siguientes comentarios:
Generales
1. De conformidad con el numeral 11 de la fracción VI Funciones del Comité, le corresponde a éste “Aprobar las modificaciones del Manual de Operación y Funcionamiento del Comité Interno de Ahorro de Energía de la Secretaría de Infraestructura Comunicaciones y Transportes.”
Marco jurídico
2. A fin de que el Manual interno sea atemporal, se sugiere omitir toda aquella referencia que lo limite a determinada temporalidad obligando su actualización periódica.
3. De conformidad con el Acuerdo por el cual se reforma la nomenclatura de las normas oficiales mexicanas expedidas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como la ratificación de las mismas previa a su revisión quinquenal, del 23 de abril de 2003 las normas identificadas con las siglas ECOL y RECNAT se identificarán en lo sucesivo bajo las siglas SEMARNAT, por lo anterior, se sugiere la homologación de la NOM-048-ECOL-1993, a fin de quedar como NOM-048-SEMARNAT-1993.
4. Se sugiere incluir la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Integración del Comité
5. El Presidente anteriormente era el Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, sin embargo, en esta versión queda genérico, por lo cual se sugiere a fin de dar certeza del servidor público que llevará este rol, se sugiere definirlo.
6. La adscripción del servidor público que funge como asesor cambió a Área de Auditoría Interna, de Desarrollo y Mejora de la Gestión Pública, por lo que se propone ajustar en el documento.
7. En el apartado de invitados se hace referencia a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, sin embargo, fue abrogada por la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública del 9 de mayo del 2016.
8. ¿Por qué el presidente es el único que cuenta con suplencia?
Funciones del Comité
9. ¿Con forme qué se define la meta anual de ahorro de los energéticos de inmuebles y flota vehicular?
10. Cuando hacen referencia a documentar e implementar un SGEn, ¿es referente a uno institucional?, si es el caso, se agradecerá se especifique en las menciones correspondientes.
Funciones y responsabilidades de los integrantes del Comité
Del presidente
11. ¿La participación en las reuniones del Comité, son distintas a las Sesiones del comité?, de no ser el caso esa responsabilidad está considerada en el numeral 8
Funcionario enlace
12. Se sugiere que en el numeral 7 se especifique que se trata del Manual de integración y funcionamiento del Comité Interno de Ahorro de Energía de la Secretaría de Infraestructura Comunicaciones y Transportes.
Para más detalles se remite el documento con control de cambios al enlace institucional para que se comparta con la unidad emisora y promovente.
Por este conducto me permito remitir en archivo adjunto (en documento con control de cambios) los comentarios elaborados por esta Dirección de Normatividad, Evaluación y Seguimiento dependiente de la Unidad de Transparencia a la siguiente norma:
• Manual de integración y funcionamiento del Comité Interno de Ahorro de Energía de la Secretaría de Infraestructura Comunicaciones y Transportes Proyecto_SCT-NIARU-RRMM-0004_MIFCIAE
Solicitando su valioso apoyo a efecto de que dicho documento sea subido al sistema, para consideración de los demás miembros de las Unidades Administrativas de Apoyo
De la revisión al MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ INTERNO DE AHORRO DE ENERGIA DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, esta Unidad de Asuntos Jurídicos, formula algunas observaciones identificadas bajo el sistema de control de cambios, a fin de que sean consideradas en la versión final del Manual: (se envía el archivo por correo electrónico).
La Dirección General de Recursos Materiales agradece los comentarios, observaciones y el Visto Bueno otorgado por los Grupos de Trabajo a la presente Norma, quedamos en espera de los trámites para continuar con el Proceso de Mejora Regulatoria.
Las observaciones emitidas por esta Unidad fueron atendidas, por lo que no se tiene inconveniente alguno en que se continúe con el proceso de Mejora Regulatoria Interna.
Derivado de la revisión realizada por este OIC, se consideran atendidas las observaciones realizadas el pasado 21 de agosto del presente año, por lo que es factible continuar con el proceso de mejora regulatoria.
Una vez revisados los citados Lineamientos, no se tiene inconveniente en que se continúe con los trámites respectivos para su formalización. No obstante, se reitera lo siguiente:
-El Decreto por el que se aprueba el Programa Nacional para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía 2014-2018, se debe eliminar, ya que su vigencia es aplicable al 2018.
Una vez revisados los citados Lineamientos, no se tiene inconveniente en que se continúe con los trámites respectivos para su formalización. No obstante, se reitera lo siguiente:
-El Decreto por el que se aprueba el Programa Nacional para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía 2014-2018, se debe eliminar, ya que su vigencia es aplicable al 2018.
-Cabe señalar que será responsabilidad de la área emisora de este documento verificar que las Normas Oficiales Mexicanas señaladas en el marco jurídico se encuentren vigentes.
Finalmente, se deberán aceptar los controles de cambios y eliminar los comentarios, a fin de contar con la versión limpia del Manual.
Las observaciones fueron atendidas dentro del documento enviado a la DGPOP el 06/09/2019, estamos en espera de sus comentarios y observaciones para seguir con el proceso de mejora regulatoria.
Se anexan comentarios relativos al anteproyecto denominado Manual de integración y funcionamiento del Comité Interno de Ahorro de Energía de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
Las observaciones fueron atendidas dentro del documento enviado a la DGPOP el 06/09/2019, estamos en espera de sus comentarios y observaciones para seguir con el proceso de mejora regulatoria.
Cabe señalar que el comentario emitido en la parte de PRESENTACIÓN del documento de hacer el cambio de UNIDAD ADMINISTRATIVA por DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES, no se considera procedente, toda vez que, este Manual es aplicable a toda la Secretaría.
Derivado de la revisión realizada por este OIC, se considera que se atendieron las observaciones realizadas el pasado 10 de julio del presente año; por lo cual, con la finalidad de continuar con el flujo de mejora regulatoria se sugiere atender las sugerencias realizadas por la UAJ, referente a la eliminación de normas que perdieon su vigencia.
Las observaciones fueron atendidas dentro del documento enviado a la DGPOP el 06/09/2019, estamos en espera de sus comentarios y observaciones para seguir con el proceso de mejora regulatoria.
• Manual de Integración y Funcionamiento del Comité Interno de Ahorro de Energía de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Se advierte que no fueron atendidos los comentarios emitidos por esta UAJ el 19 de julio de 2019 , por lo cual se reiteran los mismos a fin de que sean incorporados.
Las observaciones fueron atendidas dentro del documento enviado a la DGPOP el 06/09/2019, estamos en espera de sus comentarios y observaciones para seguir con el proceso de mejora regulatoria.
• Se sugiere eliminar la referencia a el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, ya que su vigencia es correspondiente al año 2018.
• El Decreto por el que se aprueba el Programa Nacional para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía 2014-2018, se debe eliminar, ya que su vigencia es aplicable al 2018.
• Es conveniente verificar que las Normas Oficiales Mexicanas señaladas aún se encuentren vigentes, ya que algunas de ellas son correspondientes a los años, 93, 99 y 2005.
Las observaciones fueron atendidas dentro del documento enviado a la DGPOP el 31 de Julio del actual, estamos en espera de sus comentarios y observaciones para seguir con el proceso de mejora regulatoria.
Se atendieron las observaciones marcadas en anteproyecto. Asimismo verificar que estén acorde a la normatividad vigente aplicable, incluyendo identidad institucional (logos vigentes).
Una vez revisado el anteproyecto se tienen las siguientes observaciones generales:
• Actualizar la imagen gráfica del anteproyecto.
• En lo que hace referencia a Oficialía Mayor (la cual es inexistente a esta fecha), realizar las modificaciones necesarias en términos de lo dispuesto por el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018.
Las observaciones fueron atendidas dentro del documento enviado a la DGPOP el 31 de Julio del actual, estamos en espera de sus comentarios y observaciones para seguir con el proceso de mejora regulatoria.
En atención al oficio 5.1.3056, de fecha 11 de diciembre de 2015, se presentan de manera general los comentarios y/o sugerencias siguientes:
Unidad de Asuntos Jurídicos.
Incorporar el nombre correcto del Decreto por el que se crea la Comisión Nacional para el Ahorro de Energía, como órgano desconcentrado de la Secretaria de Energía DOF:20-09-1999.
Oficialía Mayor:
Punto 1. La modificación realizada hace mención a una nueva fecha previamente acordada vía electrónica por los miembros del Comité; sin embargo, se sugiere que en el aviso para informar a los miembros del Comité sobre la suspensión de la sesión ordinaria, se notifique la nueva fecha reprogramada. En conclusión, se sugiere modificar el punto.
Punto 10. Se sugiere eliminar el texto Con el fin de agilizar los trabajos del Comité y, en caso de que no existan las condiciones para reunirse o el tema no lo amerite, se pondrá a consideración de los miembros, mediante vía electrónica, los temas o asuntos correspondientes para su opinión y aprobación respectiva, toda vez que es ambiguo definir las condiciones para reunirse o el tema lo amerite, quedando sujeto a interpretación y por lo tanto la norma contendría textos que no cumplen con el criterio de claridad.
Punto 12. Se sugiere incorporar En caso de inobservarse estos plazos, la sesión no podrá llevarse a cabo. Lo anterior, a efecto de que los miembros del Comité programen y cuenten con los elementos suficientes para realizar un análisis de calidad a la información que se discuta en el pleno.
Órgano Interno de Control
IV Integración del Comité
Invitados. Modificar la palabra General a Federal.
V. Forma y términos en que sesionará.
De las sesiones
Adicionar:
11. El Presidente únicamente podrá ser suplido en dos sesiones ordinarias durante el ejercicio fiscal.
Asimismo, considerando los comentarios vertidos en la cédula de riesgos, y toda vez que la disposición que indicaba que el Oficial Mayor integraría un Comité que coordinará e instrumentará la aplicación de los lineamientos generales para el programa de ahorro de energía en inmuebles de la administración pública federal fue derogada, se sugiere modificar el puesto que funge como Presidente a Director General de Recursos Materiales.
VII Funciones y responsabilidades de los integrantes.
De los vocales
Eliminar punto 3.16 por duplicidad con el punto 3.10
Funcionario representante
Eliminar punto 4.15 por duplicidad con el punto 4.12
Disposiciones Generales
En el subtítulo Emisor modificar conforme a las observaciones realizadas por la DGPOP, así como complementar con la Unidad Administrativa que diseña la norma.
Una vez revisado el contenido del Manual, se considera que fueron atendidos los comentarios vertidos por esta Unidad de Asuntos Jurídicos, por lo que se emite la validación respectiva a su contenido.
Oficialía Mayor emite su conformidad respecto a la atención de sus comentarios y avala la actualización del documento. Únicamente es necesario corregir el título del apartado V (aparece incompleto).
Los comentarios al proyecto de norma se encuentran en el archivo adjunto Archivo: Comentarios al MOFCIAESCT
Derivado del análisis a los documentos, se presentan de manera general los comentarios y/o sugerencias siguientes:
Tabla de contenido
Se sugiere eliminar la palabra Del o De los en los títulos de los integrantes del Comité.
Homologar los nombres de los apartados en el cuerpo de la disposición.
Modificar el título del apartado IX a Generalidades, así como indicar su ubicación.
I Marco jurídico
Cerrar paréntesis en las fechas de las disposiciones señaladas en el rubro de Leyes y Lineamientos.
IV. Integración
Funcionario Representante
Modificar:
En base al punto 4.3, inciso A de las Disposiciones Administrativas de carácter general en materia de eficiencia energética en los inmuebles y flotas vehiculares e instalaciones de la administración pública federal para el ejercicio 2015, se sugiere modificar la figura del Funcionario Representante, toda vez que una de las funciones a cargo del Órgano Colegiado es Designar a un Funcionario Representante, el cual deberá tener nivel de Director de Área, equivalente o superior, por tal motivo la designación del Titular de la Dirección General Adjunta de Control de Bienes y Servicios no es procedente, debido a que la designación debe constar en un Acta de Sesión del Comité.
Por lo anterior, se sugiere: Servidor público designado por el Comité con nivel de Director de área equivalente o superior, tal como se sugirió en la propuesta realizada a esa Dirección General de Recursos Materiales.
Invitados
Adicionar:
En el segundo párrafo se sugiere incluir la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
En la tercera nota se sugiere modificar a:
El Presidente será el único integrante del Comité con derecho a suplencia, misma que deberá emitirse de manera escrita para conocimiento del Pleno. Cabe señalar que el suplente deberá tener nivel inmediato inferior al Presidente.
V. Forma y términos en que sesionará.
De las sesiones
Adicionar:
11. El Presidente únicamente podrá ser suplido en dos sesiones ordinarias durante el ejercicio fiscal.
VII Funciones y responsabilidades de los integrantes.
Del Presidente
Fusionar punto 1.1 y 1.2
Se sugiere: Someter a aprobación (…) de los energéticos, así como el Programa de Capacitación (…)
Eliminar palabras
1.5 Elaborar y
Complementar:
1.6 Presentar el Informe Trimestral y Anual (…)
Del Secretario Ejecutivo
Eliminar punto 2.13 por duplicidad.
De los vocales
Modificar texto
3.8 Revisar (…) propuestos por los responsables de los inmuebles y flotas vehiculares.
Eliminar punto 3.16 por duplicidad.
Funcionario representante
Modificar
4.3 Elaborar los lineamientos y políticas de operación en materia de tecnológica de los energéticos.
Eliminar punto 4.15 por duplicidad.
En el título del apartado VIII modificar la palabra: Dice del Debe decir: de los.
Disposiciones Generales
En el segundo párrafo complementar el número de la sesión, acuerdo y fecha de celebración.
Control de cambios
Incorporar información conforme a propuesta señalada por este OIC y reubicar el título.
En relación a la propuesta de actualización del Manual de Operación y Funcionamiento del Comité Interno de Ahorro de Energía de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, se solicita considerar lo siguiente:
– Es necesario revisar la integración de los vocales conforme a la estructura orgánica de la Secretaría; podría considerarse únicamente uno por cada área adscrita directamente al Secretario. (Apartado IV. Integración).
– Referente al Apartado V, forma y términos en que se sesionará, en específico, a las 3 sesiones ordinarias que por algún motivo no puedan ser celebradas y que bajo este supuesto está prevista su cancelación previa justificación; se sugiere contemplar la posibilidad de que éstas sean celebradas en una nueva fecha previamente acordada por los miembros del Comité, siempre y cuando así se amerite sin que estas tengan que constituirse como una reunión extraordinaria.
– Se recomienda establecer la posibilidad de comunicación, discusión y toma de acuerdos de manera virtual, con la finalidad de agilizar los trabajos del Comité cuando no haya condiciones para reunirse o el tema no lo amerite. Numeral 10.
– Sugerimos evitar candados cuando no sean indispensables, como el de la parte final del numeral 12: En caso de inobservarse estos plazos, la sesión no podrá llevarse a cabo. La flexibilidad en la operación del Comité permitirá una mayor eficacia.
– En el apartado de Control de Cambios, el nombre del proceso o procedimiento señalado es Manual de Integración y Funcionamiento del Comité Interno de Ahorro de Energía de la SCT, siendo lo correcto Manual de Operación y Funcionamiento del Comité Interno de Ahorro de Energía de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
Finalmente Oficialía Mayor valida la propuesta de actualización del documento en el cual quedan debidamente establecidas las funciones y detalles operativos a cargo de cada integrante del Comité Interno de Ahorro de Energía.
De la revisión jurídica al referido Manual, se advierte lo siguiente:
Marco Jurídico
• Es conveniente homologar las referencias de las fecha de publicación del DOF de los todos los ordenamientos. A manera de ejemplo:
“Ley Orgánica de la Administración Pública Federal DOF-28-11-1976 y sus reformas.”
Lineamientos
• Se sugiere señalar la fecha correcta de publicación en el DOF de los Lineamientos de Eficiencia Energética de la Administración Pública Federal DOF. 27-01-2015.
Decretos
• Indicar el nombre correcto del Decreto por el que se crea la Comisión Nacional para el Ahorro de Energía, como órgano desconcentrado de la Secretaría de Energía DOF: 20-09-1999.
• Se considera errónea la fecha de publicación en el DOF del Decreto por el que se aprueba el Programa Nacional para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía. En su caso, indicar DOF. 28-04-2015.
Los citados comentarios se emiten sin perjuicio de la opinión que al efecto emitan otras Unidades Administrativas.