Manual de integración y funcionamiento del Comité de Bienes Muebles en la SCT


SCT-NIARU-RRMM-0003
bienescom

Proceso de Mejora Regulatoria Interna 2023

Anteproyecto:

Etapa 1. Diagnóstico

Históricos 

  1. MIFCBMSCT-2007
  2. MIFCBMSCT-2004
  3. MIFCBMSCT-2002

Ficha Técnica
Fecha de Emisión: 2011-10-28 Fecha de Última Actualización: Clasificación: Administrativa Tipo: Manual Emisor: 712 Dirección General de Recursos Materiales Fecha de Publicación en Normateca Interna: 28-Octubre-2011
Comentarios

8 respuestas a “Manual de integración y funcionamiento del Comité de Bienes Muebles en la SCT”

  1. Unidad Administrativa Coordinadora DGRH dice:

    Derivado de la revisión por parte de Unidad Administrativa Coordinadora sobre la presente norma, se tienen los siguientes comentarios y recomendaciones:
    Comentario RH

  2. Unidad Administrativa de Apoyo Órgano Interno de Control dice:

    Derivado de la revisión por parte del grupo de trabajo del OIC a la norma presente, se tienen los siguientes comentarios:

    1. Objetivo: Se deberá dar certeza a qué Secretaría se refieren, ya que en el glosario de términos se define “Secretaría” a la Secretaría de Función Pública.
    2. Marco legal: Se sugiere incluir toda la normativa vinculante.
    3. Glosario de términos:
    a) Se observa que muchas definiciones se establecen en las Normas Generales para el Registro, Afectación, Disposición Final y Baja de Bienes Muebles de La Administración Pública Federal Centralizada, por lo que se sugiere que únicamente se establezcan aquellas que serán utilizadas en este Manual, o en su caso, se adapte a las necesidades de la SICT.
    b) Se deberá garantizar que los artículos referidos estén relacionados con el tema.
    4. Ámbito de aplicación: Se tendrá que especificar cómo se nombrarán los miembros del comité para Centros SICT y los Órganos Administrativos Desconcentrados.
    5. Integración:
    a) Se deberá verificar que las Unidades Administrativas mencionadas se encuentren vigentes conforme a la estructura orgánica vigente.
    b) De manera específica se sugiere revisar la participación de la Coordinación de Centros SCT ya que no se identificó su representación.
    c) Se sugiere agregar las suplencias para el secretario técnico y los asesores.
    6. Funciones del Comité: Se sugiere revisar que las definiciones utilizadas se encuentren definidas.
    7. Del orden del día: Se deberá especificar si las acciones son para las sesiones ordinarias y/o extraordinarias.
    8. De las actas de la sesión: Se sugiere definir en qué tiempo debe quedar firmada el acta.
    9. Procedimiento para presentar asuntos al comité: Se deberá especificar qué pasará con los Órganos Administrativos Desconcentrados, además de establecer los plazos, medios y mecanismos para realizarlo, así como los actores en las Unidades administrativas, “Centros SICT“ y, de ser el caso, órganos desconcentrados. Se sugiere definir un formato para homologar la información que se presente e incluir un diagrama de flujo para mayor claridad y certeza.

    Finalmente, de conformidad con el artículo 141, fracción I de la Ley General de Bienes Nacionales, corresponde al Comité de bienes muebles elaborar y autorizar el manual de integración y funcionamiento respectivo, por lo que se solicita remitir el acta en la que éste autorizó el Manual.

    Para más detalles se remite el documento con control de cambios al enlace institucional para que se comparta con la unidad emisora y promovente.
    Comentario OIC

  3. Unidad Administrativa de Apoyo.-Unidad de Asuntos Jurídicos dice:

    Mediante correo electrónico de fecha 5 de junio del 2023, esta Unidad de Asuntos Jurídicos remitió los comentarios al área responsable (Dirección de Organización y Modernización Administrativa) del citado Manual, para lo cual anexo el archivo electrónico que los contiene:
    Comentario UAJ

  4. Unidad Administrativa de Apoyo.-Unidad de Transparencia dice:

    Por este conducto me permito remitir a usted, en archivo adjunto (en documento con control de cambios) los comentarios elaborados por esta Dirección de Normatividad, Evaluación y Seguimiento dependiente de la Unidad de Transparencia al manual.
    Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Bienes Muebles de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes
    Solictando su valioso apoyo a efecto de que dicho documento sea subido al sistema para conocimiento y opinión de los demás integrantes del Grupo de Trabajo y continuidad del proceso, agradeciendo de antemano su apoyo.
    Comentario UT

  5. Unidad Administrativa de Apoyo.-Unidad de Asuntos Jurídicos dice:

    Se advierte que no fue incluido el proyecto del MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE BIENES MUEBLES EN LA SCT, por lo cual no fue posible llevar acabo su revisión. Por lo anterior, a fin de que esta Unidad de Asuntos Jurídicos se encuentre en condiciones de revisar el mencionado documento es necesario contar el proyecto.

  6. Unidad de Transparencia dice:

    La Unidad de Transparencia no tiene inconveniente en la modificación al Numeral 5 del Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Bienes Muebles de la SCT, toda vez que, dos de los seis vocales previstos en el Comité de Bienes estaban adscritos a unidades administrativas que actualmente ya no forman parte de esta Secretaría, dejándolo sin quorum para sesionar, por lo que se considera que es correcto eliminar a los vocales de la Coordinación General de Puertos y Marina Mercante, de la Coordinación General de Centro SCT y de la Subsecretaría de Comunicaciones, e incorporar dos nuevos vocales que corresponden a los Titulares de la Dirección General de Planeación y de la Unidad de Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Asimismo, es correcto sustituir “Oficialía Mayor” por “Unidad de Administración y Finanzas” y “Oficial Mayor” por “Titular de Administración y Finanzas”

  7. 110 Unidad de Asuntos Jurídicos dice:

    Considerando los argumentos proporcionados por la Dirección General de Recursos Materiales, se considera procedente la solicitud de modificación al Manual de referencia en cuanto al tratamiento de las vacantes en el Comité, así como de los cambios de denominación de la Oficialía Mayor por unidad de administración y finanzas, así como de de su titular. Lo anterior, sin perjuicio de la atención de los comentarios a que refiere el Órgano Interno de Control.

  8. Grupo de Trabajo Órgano Interno de Control dice:

    Derivado del análisis a los argumentos expuestos en el diagnóstico se considera que son procedentes de acuerdo con los asuntos tratados en la sesión del Comité de Bienes Muebles; sin embargo, adicionalmente en el proyecto de documento remitido llama la atención que se tienen otras modificaciones que no se motivan en el diagnóstico, se requiere complementar.

    Asimismo, las modificaciones que se resaltan (color amarillo) versan sobre las propuestas que ha realizado este OIC al documento en el seno del comité; sin embargo, aún no son atendidas en su totalidad. En este sentido, es necesario que el diagnóstico se complemente motivando la actualización de fondo que mencionan aunado a que se remita el soporte documental que acredite que el órgano colegiado presentó el proyecto del Manual y la aprobación de dicho documento.

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