Políticas, Bases y Lineamientos de las Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la SCT


SCT-NIARU-ADQS-0001
712-pblaas-r1

Proceso de Mejora Regulatoria Interna 2023

Etapa 1. Diagnóstico

Anteproyecto, 2023:

Acta 11° Sesión Ordinaria CAAS-2023

Etapa 2. Revisión.

Atención de comentarios UAP, 2024: 

En proceso.

Históricos 

  1. PBLAASSCT-2010
  2. PBLAASSCT-2008
  3. PBLAASSCT-2007
  4. PBLAASSCT-2006
  5. PBLAASSCT-2002
Ficha Técnica
Fecha de Emisión: 2011-05-06 Fecha de Última Actualización: Clasificación: Administrativa Tipo: Instructivo Emisor: 712 Dirección General de Recursos Materiales Fecha de Publicación en Normateca Interna: 06-Mayo-2011
Comentarios

12 respuestas a “Políticas, Bases y Lineamientos de las Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la SCT”

  1. Unidad Administrativa de Apoyo.-Unidad de Transparencia dice:

    La Dirección de Normatividad, Evaluación y Seguimiento, dependiente de la Unidad de Transparencia, reitera que toda vez que el área a cargo ha dado atención a la mayoria de los comentarios sugeridos por esta Dirección no se tiene inconverniente en que se continue con el proceso de mejora regulatoria interna, de igual forma se reitera la sugerencia de incluir “…o dar aviso de que no se firmara el contrato por causas imputables al licitante adjudicado.” en el numeral 5.2

  2. Unidad Administrativa Coordinadora DGRH dice:

    De la revisión de los citados POBALINES esta Dirección General de Recursos Humanos y Organización considera procedente la modificación de los mismos, sin embargo y a efecto de seguir con el proceso de mejora regulatoria, se informa que se desprendieron algunos comentarios y observaciones, motivo por el cual se pone a disposición en el sistema el documento con control de cambios para conocimiento y opinión de los demás integrantes del Grupo de Trabajo.

  3. Unidad Administrativa de Apoyo Órgano Interno de Control dice:

    De la revisión al proyecto de norma interna Políticas, Bases y Lineamientos de las Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, se informa que persisten las observaciones, por lo que, se remite documento en control de cambios al Enlace Institucional para que se comparta con la unidad emisora y promovente para su atención.

    http://sct.gob.mx/normatecaNew/wp-content/uploads/2014/02/Icono-descargar.jpghttp://sct.gob.mx/normatecaNew/wp-content/uploads/2024/03/UAP_Proyecto_POBALINES_MARZO24_comentariosAECI.docx

  4. Unidad Administrativa de Apoyo.-Unidad de Asuntos Jurídicos dice:

    Por instrucciones superiores, de la revisión a las citadas políticas se advierte que no fueron atendidas las observaciones emitidas por esta UAJ el 13 de marzo de 2024, por lo cual se reiteran nuevamente las siguientes:

    • 3. Apartado 5 Políticas que orientarán los procedimientos de contratación y la ejecución de los contratos. Política 5, último párrafo. Tomando en cuenta que del proyecto se suprimió la figura de los pedidos, se recomienda indicar el monto a partir del cual debe celebrarse un contrato, a fines de evitar confusión, aunado a que como se presenta es contrario a lo previsto en el artículo 82, primer párrafo del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (RLAASSP).
    • Base y Lineamiento 57, primer y segundo párrafo. Primero: Por su contexto debe suprimirse lo siguiente: “o su equivalente” y para el segundo párrafo, suprimir” … o su equivalente, en los Centros SICT u “Órganos Desconcentrados”, dado que solamente están referidos a casos derivados de presupuesto centralizado. Por lo anterior, la redacción como se presenta no podría utilizarse de manera indistinta para los Centros SICT ni para los órganos desconcentrados; en ese sentido, faltaría acotar el procedimiento de pago para el caso de los Centros SICT y para los órganos desconcentrados.
    • Base y Lineamiento 118, último párrafo. Aludir al precepto legal correcto que es el artículo 53 de la LAASSP y no el 54 como se indica.
    • Base y lineamiento 124. Atendiendo al artículo 53 de la LAASSP, las personas convencionales deberán ser determinadas acordes a los bienes o servicios entregados o prestados con atraso, ya que como se presenta, en opinión de esta área jurídica, se estaría rebasando el alcance de dicho precepto al fijar rangos de porcentajes de carácter general.
    • Página 42, b) XI. Dice: “…conforme a lo dispuesto en los artículos 56 último párrafo de la LAASSP.” Debe decir: “…conforme a lo dispuesto en el artículo 56 último párrafo de la LAASSP.”

  5. Unidad Administrativa de Apoyo Órgano Interno de Control dice:

    De la revisión al proyecto de norma interna: Políticas, Bases y Lineamientos de las Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, se informa que persisten observaciones, por lo que, se remite documento con control de cambios al enlace institucional para que se comparta con la unidad emisora y promovente para su atención.

    Com_AECI

  6. Unidad Administrativa de Apoyo.-Unidad de Asuntos Jurídicos dice:

    De la revisión a los citados POBALINES, se advierte que fueron atendidas la mayoría de las observaciones emitidas por la Unidad de Asuntos Jurídicos, específicamente las emitidas por la Dirección de Estudios Legislativos, sin embargo, se advierte que algunas de las observaciones realizadas por la Dirección Ejecutiva Operativa, no fueron consideradas. En ese sentido, se reiteran dichas observaciones, a fin de que sean consideradas en la versión final de las Políticas de referencia, y en caso de no considerarse procedentes, es conveniente señalar la justificación correspondiente:
    • 3. Apartado 5 Políticas que orientarán los procedimientos de contratación y la ejecución de los contratos. Política 5, último párrafo. Tomando en cuenta que del proyecto se suprimió la figura de los pedidos, se recomienda indicar el monto a partir del cual debe celebrarse un contrato, a fines de evitar confusión, aunado a que como se presenta es contrario a lo previsto en el artículo 82, primer párrafo del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (RLAASSP).
    • Base y Lineamiento 57, primer y segundo párrafo. Primero: Por su contexto debe suprimirse lo siguiente: “o su equivalente” y para el segundo párrafo, suprimir” … o su equivalente, en los Centros SICT u “Órganos Desconcentrados”, dado que solamente están referidos a casos derivados de presupuesto centralizado. Por lo anterior, la redacción como se presenta no podría utilizarse de manera indistinta para los Centros SICT ni para los órganos desconcentrados; en ese sentido, faltaría acotar el procedimiento de pago para el caso de los Centros SICT y para los órganos desconcentrados.
    • Base y Lineamiento 118, último párrafo. Aludir al precepto legal correcto que es el artículo 53 de la LAASSP y no el 54 como se indica.
    • Base y lineamiento 124. Atendiendo al artículo 53 de la LAASSP, las personas convencionales deberán ser determinadas acordes a los bienes o servicios entregados o prestados con atraso, ya que como se presenta, en opinión de esta área jurídica, se estaría rebasando el alcance de dicho precepto al fijar rangos de porcentajes de carácter general.
    • Página 42, b) XI. Dice: “…conforme a lo dispuesto en los artículos 56 último párrafo de la LAASSP.” Debe decir: “…conforme a lo dispuesto en el artículo 56 último párrafo de la LAASSP.”

    • En el numeral 7 Disposiciones Transitorias, 130 debe decir: “…en el Diario Oficial de la Federación (DOF)…”, lo anterior, en virtud que posteriormente se hace referencia al DOF.

  7. Unidad Administrativa de Apoyo.-Unidad de Transparencia dice:

    Toda vez que el área a cargo ha dado atención a la mayoria de los comentarios sugeridos por esta Dirección de Normatividad, Evaluación y Seguimiento, dependiente de la Unidad de Transparencia, no se tiene inconverniente en que se continue con el proceso de mejora regulatoria interna, sin embvargo se reitera la sugerencia de incluir “…o dar aviso de que no se firmara el contrato por causas imputables al licitante adjudicado.” en el numeral 5.2

  8. Unidad Administrativa de Apoyo.-Unidad de Transparencia dice:

    Se han emitido por esta Dirección de Normatividad, Evaluación y Seguimiento, dependiente de la Unidad de Transparencia, comentarios respecto de la Norma: ” (712).- Políticas, Bases y Lineamientos de las Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios “, solicitándole se sirva apoyar al suscrito para que los comentarios que se adjuntan a este correo, en documento con control de cambios, sean subidos al sistema, para conocimiento y consideración de los demás miembros de la Unidades Administrativas de apoyo

    Com_UT

  9. Unidad Administrativa de Apoyo.-Unidad de Asuntos Jurídicos dice:

    De la revisión a las citadas Políticas, Bases y Lineamientos de las Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la SICT, se formulan los siguientes comentarios emitidos por la Dirección Ejecutiva Operativa de la UAJ, asimismo, se anexa el citado proyecto con algunas observaciones identificadas bajo el sistema de control de cambios a fin de que sean consideradas:
    Comentarios de carácter general:
    En cumplimiento al Decreto por el que se expide el Reglamento Interior de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 29 de enero de 2024, es necesario actualizar las denominaciones de las unidades administrativas y órganos desconcentrados en el texto del documento que nos ocupa, según corresponda.
    Por lo que respecta al acrónimo OIC es necesario modificar por el que corresponda al área de Espacialidad en contrataciones públicas del Ramo de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, y reflejarse en el resto del texto, en consideración al Acuerdo por el que se extinguen los órganos internos de control que se indican, se instauran los Órganos Internos de Control Especializados y se asignan los Titulares de Área de Especialidad, publicado en el DOF el 20 de octubre de 2023.
    Es pertinente, revisar y homologar los vocablos “Órganos Desconcentrados de la SICT y Órganos Desconcentrados, dado que se alude a ellos de manera indistinta en el texto del documento.
    4. Al utilizar las siglas del RLAASSP, se sugiere por razones de sintaxis, revisar y ajustar el texto cuando se alude a: “su RLAASSP”, debería ser: “el RLAASSP”.
    5. Se recomienda corroborar que la numeración del proyecto sea consecutiva de los títulos y subtítulos, y reflejarse en el índice, así como corregir los signos de puntuación.
    6. Es necesario eliminar de los párrafos ubicados en las hojas 14, 28 y 41, los números que se indican entre paréntesis.
    Comentarios específicos
    1. Introducción e Índice. Es pertinente indicar primero el índice y posteriormente la introducción, atendiendo el orden establecido en el Lineamiento Cuarto, fracciones I y II del Capítulo Primero De los Lineamientos Generales para la expedición de Políticas, Bases y Lineamientos contenido en el Acuerdo por el que se emite diversos lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, publicado en el DOF el 9 de septiembre de 2010.
    2. Para el Glosario de Términos:
    Área Convocante. Dado que por el orden en que se presenta, aún no se utilizan siglas, no deberá abreviarse.
    Área Requirente. Eliminar el vocablo “o entidad”.
    Bienes específicos, Bienes Restringidos Excepción a la licitación pública. Indicarlas con negritas con la finalidad de homologar el formato que se viene utilizando para tal apartado.
    Licitación Pública. Indicarla con negritas, e incluir su definición, es decir: “Procedimiento de contratación previsto en los artículos 26, fracción I, 26 Bis y 28 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público”.
    Unidades Administrativas y Unidades Compradoras. Aludir correctamente a los Centros “SICT”, y a los desconcentrados indicarlos completos en su denominación, esto es: “Órganos Desconcentrados de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes”, dado que el apartado de siglas y acrónimos se encuentra con posterioridad.
    Siglas y Acrónimos. PEF. Indicarlo en negritas, para homologarlo con el formato del proyecto en comento.
    3. Apartado 5 Políticas que orientarán los procedimientos de contratación y la ejecución de los contratos.
    Política 5, último párrafo. Tomando en cuenta que del proyecto se suprimió la figura de los pedidos, se recomienda indicar el monto a partir del cual debe celebrarse un contrato, a fines de evitar confusión, aunado a que como se presenta es contrario a lo previsto en el artículo 82, primer párrafo del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (RLAASSP).
    Política 8, segundo párrafo. Es pertinente actualizar la denominación de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales con las siglas que le correspondan.
    4. Apartado 6. Establecimiento de las bases y lineamientos que deberá aplicar la dependencia, a mayor claridad se sugiere eliminar el texto: “precisando lo siguiente”.

    Base y Lineamiento 44. Es pertinente revisar y ajustar su redacción dado que el texto: “El área convocante, requerirá a los proveedores que al formalizar las contrataciones con la SICT, presenten las garantías correspondientes…”, no es acorde con lo dispuesto en el artículo 48, último párrafo de la LAASSP, puesto que la garantía de cumplimiento debe presentarse en el plazo indicado en la convocatoria, o en su defecto, a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato y la correspondiente al anticipo, se presentará previamente a la entrega de éste, a más tardar en la fecha establecida en el contrato.

    Base y Lineamiento 49, segundo párrafo. Se sugiere trasladar por su contenido a la etapa de los procedimientos de contratación y no en la de los contratos como se indica, el siguiente texto: “En caso de que en la convocatoria a la licitación pública o invitación a cuando menos tres personas, se haya solicitado examen y/o prueba de laboratorio para conocer la calidad o características técnicas el resultado deberá ser entregado a las áreas requirente y convocante dentro de los plazos previstos en dicha convocatoria”.

    Base y Lineamiento 55. Es pertinente revisar su texto, ya que por su redacción deberá suprimirse las viñetas; asimismo, agregar al segundo párrafo el contenido del tercero ya que lo complementa. Por otra parte, se sugiere revisar el último ya que es confuso con lo previsto en el artículo 90 del RLAASSP.

    Base y Lineamiento 57, primer y segundo párrafo. Primero: Por su contexto debe suprimirse lo siguiente: “o su equivalente” y para el segundo párrafo, suprimir” … o su equivalente, en los Centros SICT u “Órganos Desconcentrados”, dado que solamente están referidos a casos derivados de presupuesto centralizado. Por lo anterior, la redacción como se presenta no podría utilizarse de manera indistinta para los Centros SICT ni para los órganos desconcentrados; en ese sentido, faltaría acotar el procedimiento de pago para el caso de los Centros SICT y para los órganos desconcentrados.

    Base y Lineamiento 74. Es pertinente aludir correctamente a los Centros SICT, e indicar el nivel jerárquico del servidor público responsable de autorizar la contratación, de conformidad con el Lineamiento Quinto, fracción V del Capítulo Primero de los Lineamientos Generales para la expedición de Políticas, Bases y Lineamientos contenido en el Acuerdo por el que se emiten diversos lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, publicado en el DOF el 9 de septiembre de 2010.

    a). XI Este rubro deberá resaltarse con negritas, atendiendo el formato que se tiene en todo el proyecto.

    a). XV. En este subtítulo, primer renglón suprimir el vocablo “la”, en el tercer renglón: “o de la ejecución de los trabajos” y, en el cuarto: “o entidad”.

    b) III. En este apartado, suprimir del tercer renglón “o entidad”.

    Base y Lineamiento 118, último párrafo. Aludir al precepto legal correcto que es el artículo 53 de la LAASSP y no el 54 como se indica.

    Base y lineamiento 124. Atendiendo al artículo 53 de la LAASSP, las personas convencionales deberán ser determinadas acordes a los bienes o servicios entregados o prestados con atraso, ya que como se presenta, en opinión de esta área jurídica, se estaría rebasando el alcance de dicho precepto al fijar rangos de porcentajes de carácter general.

    Com_UAJ

  10. Unidad Administrativa de Apoyo Órgano Interno de Control dice:

    Derivado de la revisión por parte del grupo de trabajo al proyecto de norma interna: Políticas, Bases y Lineamientos de las Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, se tiene lo siguiente:

    De acuerdo con el acta de la Décima Primera Sesión Ordinaria CAAS/2023 los POBALINES no fueron dictaminadas por los integrantes del Comité conforme lo establece el artículo 22 fracción III de la LAASSP, para su posterior revisión por parte de este Grupo, sin embargo, con la finalidad de no retrasar el proceso por única ocasión se llevó a cabo la revisión, pero para futuras revisiones se solicita sea conforme al proceso establecido.

    Para más detalles se remite el documento con control de cambios al enlace institucional para que se comparta con la unidad emisora y promovente.

    Com_AECI

  11. Unidad Administrativa de Apoyo.-Unidad de Asuntos Jurídicos dice:

    Se advierte que no fue incluido el proyecto de los citadas POLÍTICAS, por lo cual no fue posible llevar a cabo su revisión. Por lo anterior, a fin de que esta Unidad de Asuntos Jurídicos se encuentre en condiciones de revisar las referidas Políticas es necesario contar con el proyecto.

  12. UNIDAD ADMINISTRATIVA DE APOYO.-UNIDAD DE TRANSPARENCIA dice:

    Tocante a las “Políticas, Bases y Lineamientos de las Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios”, en el diagnóstico efectuado por la unidad responsable, el área propone la modificación de la norma, toda vez que, de acuerdo con su revisión, el área observó que no cuenta con una clara interpretación y aplicación de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, advierte que aún no se encuentra actualizada conforme a las reformas legales en que se encuentran sustentadas; aunado a las modificaciones funcionales y estructurales que ha sufrido la secretaría, con base en lo anterior el área advierte que la normatividad propuesta a modificación requiere de una actualización de fondo para una correcta aplicación. Ahora bien, es de hacerse notar que no se localizó un anteproyecto con las modificaciones a las que se hace referencia en el diagnóstico, la única norma que aparece es una que data del año 2011, pero no contiene comentarios o modificaciones a las cuales se pueda hacer referencia.

Deja un comentario

Estatus del documento:

Vigente